Derechos y Garantías de la Representación Sindical en la Empresa
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Representación Sindical en la Empresa: Derechos y Garantías
Liberados Sindicales
Los **liberados sindicales** son representantes que, debido a la acumulación de horas sindicales, pueden ser eximidos de su jornada laboral.
Competencias de los Representantes de los Trabajadores
- **Recibir información**
- **Emitir informes**
- **Vigilar y controlar**
- **Negociar y acordar**
- **Participar y colaborar**
Garantías de los Representantes de los Trabajadores
Los representantes están protegidos por la ley para garantizar sus tareas, incluyendo:
- Protección contra **despidos** y **sanciones**.
- Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo.
- No discriminación en su promoción económica o profesional.
- Libertad de expresión.
- Disponer de un crédito de horas mensuales retribuidas.
- Apertura de expediente contradictorio (previo a cualquier sanción por faltas graves o muy graves).
Expediente Contradictorio
El **expediente contradictorio** es el derecho del representante del trabajador a ser oído antes de que se le imponga una sanción por faltas graves o muy graves.
Representación Sindical (Pertenecen a un Sindicato)
La **representación sindical** es el conjunto de trabajadores afiliados a un sindicato que asumen la representación del mismo en la empresa. Incluye las secciones sindicales y los delegados sindicales, y su funcionamiento está regulado en la LOLS (Ley Orgánica de Libertad Sindical) y el estatuto del sindicato.
Los trabajadores afiliados a un sindicato pueden crear **secciones sindicales** en el ámbito de la empresa (con más de 250 trabajadores) o centro de trabajo para disfrutar de los siguientes derechos:
- Celebrar reuniones, previa notificación al empresario.
- Recibir información de su sindicato.
- Recaudar cuotas y distribuir información sindical fuera de las horas de trabajo.
Derechos Adicionales de Secciones Sindicales
Las secciones sindicales de los sindicatos más representativos o con presencia en la representación unitaria, tendrán los siguientes derechos:
- Disponer de un tablón de anuncios en el centro de trabajo.
- Participar en la negociación colectiva.
- Utilizar un local para sus actividades en empresas con más de 250 trabajadores.
Delegado Sindical
Un **delegado sindical** es el representante de una sección sindical con representación en el comité de empresa de un centro de trabajo con más de 250 trabajadores. Tienen derecho a recibir la misma información y documentación que el comité de empresa.
El número de delegados sindicales será:
- Secciones sindicales de sindicatos que no llegaron al 10% de votos en las elecciones al comité de empresa: 1 delegado.
- Secciones de sindicatos que sí alcanzaron el 10% de votos:
- De 250 - 750 trabajadores: 1 delegado sindical.
- De 751 - 2000 trabajadores: 2 delegados sindicales.
- De 2001 - 5000 trabajadores: 3 delegados sindicales.
- A partir de 5001 trabajadores: 4 delegados.