Derechos Laborales: Afiliación Sindical, Huelga, Despidos y Más
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Afiliación Sindical: ¿Quiénes no pueden afiliarse?
Los miembros de las Fuerzas Armadas de carácter militar, así como Jueces, Magistrados y Fiscales, no pueden afiliarse a un sindicato mientras estén en activo.
Efectos de la Huelga
- Los trabajadores no cobran su salario durante los días de huelga.
- Se suspende la obligación de cotizar a la Seguridad Social.
- El empresario no puede sustituir a los trabajadores huelguistas.
- Los días de huelga no deben ser descontados de las vacaciones.
Cierre Patronal
Consiste en la suspensión colectiva del trabajo y el cierre del centro laboral por iniciativa del empresario. Las causas que justifican un cierre patronal son:
- Peligro notorio de violencia.
- Ocupación ilegal del centro de trabajo.
- Que el volumen de inasistencia al trabajo impida el proceso normal de producción.
Resolución de Conflictos Laborales
Conciliación
Las partes tratan de llegar a un acuerdo ante un tercero imparcial, el conciliador, que simplemente les asiste para que alcancen dicho acuerdo. El conciliador ni resuelve ni propone una solución.
Mediación
El mediador es un tercero sin relación con las partes y ajeno al conflicto. Presenta informaciones y propuestas de solución, pero no resuelve el conflicto. Su papel consiste en facilitar la negociación.
Arbitraje
Las partes del conflicto acuerdan someterse a la decisión de un tercero neutral y aceptar de antemano la solución de este. La decisión se denomina laudo arbitral y es de obligado cumplimiento.
Movilidad Geográfica
Desplazamiento
El trabajador debe cambiar temporalmente de centro de trabajo por un periodo no superior a 12 meses durante 3 años.
Traslado
El trabajador cambia de centro de trabajo, lo que le exige cambiar de domicilio definitivamente.
Excedencias
Excedencia Forzosa
Se concede por la designación para un cargo público. Esta situación da derecho a la conservación del puesto de trabajo.
Excedencia Voluntaria
Podrá ser solicitada por los trabajadores con una antigüedad de al menos 1 año en la empresa. La duración debe ser no inferior a 4 meses y no superior a 5 años.
Despido por Causas Objetivas
- Se debe notificar por escrito al trabajador, indicando las causas y con un preaviso de 15 días.
- Indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
- Se debe conceder una licencia de 6 horas semanales durante el periodo de preaviso para que el trabajador pueda buscar otro trabajo.
Fases del Procedimiento de Despido
- Acto de conciliación.
- Acudir al acto de conciliación.
- Presentar la demanda ante el juzgado de lo social.
- Conciliación judicial.
- Celebración del juicio oral.
- Sentencia.
Causas del Despido Disciplinario
- Desobediencia a las órdenes de trabajo.
- Faltas repetidas de puntualidad o asistencia.
- Ofensas verbales o físicas al empresario o a los compañeros de trabajo.
- Disminución continuada y voluntaria del rendimiento del trabajo.
- Embriaguez o toxicomanía cuando repercuten negativamente en el trabajo.
- Acoso por motivos de raza, religión, sexo, etc. a compañeros de trabajo.