Desempleo, jubilación y beneficios en la cotización a la Seguridad Social: definiciones y requisitos

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1. Desempleo

Desempleo es la situación en la que se encuentran las personas que, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida su jornada laboral entre el 10% y el 70%, con la correspondiente pérdida o reducción salarial. No se encuentran en situación legal de desempleo quienes cesen voluntariamente en el trabajo o no acrediten su disponibilidad para buscar trabajo.

Tipos de desempleo

  • Total: cese en la actividad y sin salario, de forma definitiva o temporal.
  • Parcial: reducción temporal de la jornada entre el 10% y el 70%, con la reducción proporcional del salario.

Niveles de protección

Existen dos niveles de protección frente al desempleo:

Contributivo

La prestación contributiva se abona a las personas en situación legal de desempleo. Requisitos principales:

  • Estar afiliado/a a la Seguridad Social (SS) y en situación de alta o asimilada.
  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Acreditar un mínimo de 1 año trabajado dentro de los 6 años anteriores al desempleo.

Asistencial

La protección asistencial prolonga la cobertura por desempleo cuando no concurren los requisitos para la contributiva. Requisitos y condiciones habituales:

  • Ser demandante de empleo y no haber rechazado ofertas de trabajo adecuadas.
  • No disponer de rentas mensuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Jubilación

La jubilación consiste en el cese de la actividad laboral por motivo de edad, lo que da derecho a recibir una pensión vitalicia. Los requisitos básicos son:

  • Tener cumplidos los 65 años.
  • Tener cotizados 15 años, de los cuales al menos 2 deben estar incluidos dentro de los 15 años anteriores a la fecha de jubilación.

En determinados casos se permite:

  • Jubilación anticipada (en algunos supuestos a partir de los 60 años).
  • Jubilación parcial: reducción de jornada con más de 65 años, o posibilidad de jubilación parcial si se es menor y existe un contrato de relevo.

3. Beneficios en la cotización a la Seguridad Social

Para fomentar el acceso de determinados colectivos al mercado laboral se han establecido beneficios que implican una reducción en los costes de la Seguridad Social, entre los que destacan:

Bonificaciones

Se aplican en la cuota empresarial y pueden consistir en cantidades fijas o en porcentajes. Suele beneficiarse a colectivos como:

  • Mujeres.
  • Jóvenes.
  • Personas mayores de 45 años.
  • Personas con discapacidad.
  • Parados de larga duración.

Reducciones

Las reducciones pueden afectarla aportación tanto del trabajador como del empresario en la cotización por contingencias comunes.

Condición indispensable: sólo podrán obtener reducciones o bonificaciones las empresas que se encuentren al corriente de pago con la Seguridad Social.

Nota: Este contenido recoge definiciones y requisitos generales. La normativa puede variar y estar sujeta a actualizaciones; para casos concretos conviene consultar la legislación vigente o a los servicios oficiales de empleo y Seguridad Social.

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