Desglose de la Nómina: Conceptos Salariales, Cotizaciones y Deducciones

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Percepciones Salariales

El salario se compone de los siguientes elementos:

  • Salario base y plus convenio.
  • Complementos salariales: antigüedad, conocimientos especiales, penosidad, toxicidad, nocturnidad, disponibilidad, incentivos, primas, pluses, asistencia, puntualidad, horas complementarias y horas extraordinarias.
  • Otros conceptos: pagas extraordinarias, bonus, salario en especie y plus de residencia.

Percepciones No Salariales

  • Indemnizaciones o suplidos: gastos de locomoción, plus de transporte y distancia, dietas, desgaste de útiles y herramientas, prendas de trabajo y gastos de traslado.
  • Prestaciones de la Seguridad Social: incapacidad temporal.
  • Otras percepciones: indemnizaciones, incentivos por jubilación y seguros.

Bases de Cotización y Conceptos de Recaudación

  • BCC (Base de Cotización por Contingencias Comunes): Se suman todas las percepciones, excepto las no salariales excluidas (dietas, locomoción, indemnización por despido o cese, fallecimiento, traslado, suspensión y gastos de estudios exigidos). Se calcula incluyendo la prorrata de pagas extras. BCC = remuneración + prorrata.
  • BCP (Base de Cotización por Contingencias Profesionales): BCP = BCC + horas extras.
  • CCC (Contingencias Comunes): Destinada a la cobertura de riesgos derivados de enfermedad común o accidente no laboral.
  • D (Desempleo): Se destina a la cobertura de la prestación por desempleo.
  • FP (Formación Profesional): Destinada a la formación, reciclaje y mejora de las cualificaciones profesionales.
  • FOGASA: Fondo destinado a abonar parcialmente los salarios e indemnizaciones adeudadas cuando la empresa sea insolvente o esté en concurso de acreedores.

Situaciones Especiales en el Recibo de Salario

Contrato a tiempo parcial

La retribución es proporcional a la duración de la jornada realizada. Los trabajadores con contrato a tiempo parcial pueden realizar horas extraordinarias de fuerza mayor y horas complementarias.

Recibos de salarios en situación de huelga

La retribución a descontar por cada día de huelga incluye:

  • El salario de la jornada no trabajada.
  • Los complementos salariales y extrasalariales.
  • Las retribuciones del descanso semanal en proporción a los días de la semana en situación de huelga.
  • La parte proporcional de las pagas extraordinarias a las que tenga derecho el trabajador (el descuento se realizará en el momento del abono de la paga extra).

Nota importante: No se practican descuentos sobre las vacaciones anuales retribuidas ni sobre los 14 días festivos anuales. Aunque alguna fiesta se encuentre dentro del periodo de huelga, solamente se produciría ese descuento si la huelga fuese calificada de ilegal. El tiempo de huelga computa a efectos de jubilación, permisos y antigüedad, pues se considera tiempo de servicio en la empresa.

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