Despido en España: tipos, indemnizaciones y salarios de tramitación
Extinción del contrato de trabajo
Dimisión
Causa: el trabajador sin necesidad de que exista un motivo determinado comunica al empresario su intención de dejar el puesto de trabajo.
Efectos: no tiene derecho a indemnización, no queda en situación legal de desempleo y tiene derecho a finiquito.
Forma: debe avisar con 15 días de antelación o lo que establezca el convenio colectivo.
Incumplimiento de las obligaciones por parte del empresario
Causa: cuando el empresario incumple las obligaciones pactadas en el contrato de trabajo, por ejemplo, falta de pago o retrasos.
Efectos: el trabajador recibe una indemnización de 45 días de salario por año de servicio, con un máximo de 42 mensualidades, tiene derecho a desempleo y finiquito.
Forma: el trabajador debe presentar una demanda en el Juzgado de lo Social y solicitar la extinción del contrato por voluntad del empleador.
Tipos de despido
Despido disciplinario
Causa: recogido en el Estatuto de los Trabajadores, significa incumplimiento culpable del trabajador.
Efectos: puede ser procedente, improcedente o nulo.
Forma: comunicación por escrito.
Despido objetivo
Causa: recogido en el Estatuto de los Trabajadores, no tienen por qué ser incumplimientos del trabajador.
Efectos: puede ser procedente, improcedente o nulo.
Forma: por escrito, con un preaviso de 15 días y con una reducción durante este preaviso de la jornada de 6 horas semanales retribuidas para buscar nuevo empleo.
Despido colectivo
Causa: situación económica, organizativa, técnica o de producción que justifique la extinción del contrato.
Efectos: un despido confirmado por la administración laboral o declarado nulo por la jurisdicción laboral.
Forma: existe un periodo de consultas o negociación con los representantes de los trabajadores.
Clases de despido según su calificación
Despido nulo
Existen causas de discriminación o que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades del trabajador.
Consecuencia: vuelve a su puesto de trabajo con abono de los salarios de tramitación.
Despido procedente
Supone que queda probado el incumplimiento del trabajador.
Consecuencia: no hay indemnización ni salarios de tramitación.
Despido improcedente
Por no observar los requisitos formales o por no acreditarse los hechos que la empresa notificó por escrito como motivo del despido.
Consecuencia: el trabajador vuelve a su puesto de trabajo y cobra salarios de tramitación o indemnización de 45 días por año, con un tope máximo de 42 mensualidades.
Tipos de salarios de tramitación
Desinformado
Pago de todos los salarios desde la fecha del despido hasta la sentencia.
Informado
En las 48 horas siguientes al despido, el empresario reconoce la improcedencia del mismo y consigna el importe de la indemnización de 45 días por año. No paga salarios de tramitación.
Regularmente informado
Consigna y reconoce pasadas las 48 horas. Paga salarios hasta el momento en que reconoce y consigna.