Desplazamiento Temporal y Movilidad Funcional: Derechos y Normativa Laboral

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Desplazamiento temporal

Concepto: Es el cambio temporal a otro centro de trabajo por un periodo de tiempo de hasta 12 meses en un periodo de 3 años.

Actuación del empresario

El empresario debe comunicar el desplazamiento al trabajador con anticipación suficiente. Si el desplazamiento dura más de 3 meses, tiene que avisarse al trabajador, como mínimo, 5 días laborables antes de la fecha de su efectividad.

Derechos del trabajador desplazado

  • Económicos:
    • Conservar el mismo salario y categoría.
    • Cobrar de la empresa los gastos de viaje y dietas (para manutención y alojamiento).
  • Permisos: Disfrutar de permisos retribuidos de, como mínimo, 4 días laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento.

Si el trabajador no está de acuerdo con el desplazamiento, puede reclamar ante el Juzgado de lo Social.


Movilidad funcional

Es el cambio decidido por el empresario en las funciones habitualmente prestadas por el trabajador. Solo tendrá las limitaciones establecidas por las titulaciones académicas o profesionales y la dignidad del trabajador.

Clases de movilidad funcional

1. Movilidad funcional horizontal

El empresario, dentro de la empresa, puede cambiar al trabajador de puesto de trabajo si el cambio se hace para realizar funciones correspondientes al mismo grupo profesional. Para que se produzca esta movilidad, el empresario no necesita ninguna causa, ni formalidades, ni tiene límite de tiempo.

2. Movilidad funcional vertical

Si el trabajador tiene que realizar funciones no correspondientes a su grupo profesional, este cambio estará motivado por razones técnicas u organizativas y siempre será por el tiempo imprescindible para atender esas necesidades; se debe comunicar a los representantes de los trabajadores.

Tipos de movilidad vertical:
  • Descendente: Si se realizan funciones inferiores a las de su grupo profesional, se mantiene el salario que se venía cobrando.
  • Ascendente: Si se realizan funciones superiores a las de su grupo profesional, se cobrará el salario del puesto desempeñado.

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