Diferencias entre Riesgo y Peligro: Conceptos Clave en Prevención de Riesgos Laborales
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¿Es lo mismo riesgo y peligro?
¡No! Es fundamental distinguir ambos conceptos para una correcta gestión de la seguridad:
- Peligro: Es todo aquello que sea susceptible de provocar algún tipo de daño (ejemplo: un cuchillo, la calle, un automóvil).
- Riesgo: Es la probabilidad de materialización de un peligro (ejemplos: manipular un cuchillo, cruzar la calle, conducir un automóvil).
Pirámide de ocurrencia de incidentes según Frank Bird
Esta teoría establece una relación proporcional entre la gravedad de los eventos. Por cada accidente grave, se estima que ocurren 10 accidentes serios, 30 leves y 600 incidentes. La proporción se desglosa de la siguiente manera:
- 1 Lesión con tiempo perdido (grave o fatal).
- 10 Lesiones sin tiempo perdido.
- 30 Accidentes con daño a la propiedad.
- 600 Cuasi-pérdidas (fallas operacionales o incidentes deterioradores).
Los accidentes y sus consecuencias
Los accidentes laborales generan diversos impactos negativos:
- Daño físico a las personas: Lesiones y enfermedades profesionales.
- Daño a la propiedad: Afectación a equipos, herramientas, instalaciones y maquinaria.
- Daño a los procesos: Pérdida de tiempo, entregas defectuosas, pérdidas económicas y deterioro de la imagen corporativa.
- Daño al medio ambiente: Derrames, incendios, proyecciones, entre otros.
¿Por qué se producen los accidentes?
Los accidentes ocurren principalmente por dos causas raíz:
- Acción subestándar: Errores cometidos por las personas (actos incorrectos).
- Condición subestándar: Fallas en equipos, herramientas, maquinaria o instalaciones.
Marco legal: Ley 16.744
La logística y el trabajo están regidos por cuerpos legales orientados a proteger la vida, la salud y los activos de la industria.
Ley 16.744: Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Esta ley establece las normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, con los siguientes objetivos:
- Prevenir: Evitar que ocurra el accidente o se contraiga la enfermedad.
- Curar: Restituir, en lo posible, la capacidad de trabajo del empleado.
- Compensar: Otorgar subsidios, indemnizaciones o pensiones ante la pérdida de medios de subsistencia.
- Rehabilitar: Devolver total o parcialmente la capacidad de trabajo a la víctima.
- Reeducar: Ofrecer posibilidades de desempeño en un nuevo puesto considerando la capacidad residual.
Personas protegidas
- Trabajadores por cuenta ajena.
- Funcionarios públicos.
- Estudiantes en práctica profesional.
- Trabajadores independientes.