Directorio Civil y Constitución de 1931: Dos Etapas Clave de la Historia Española
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El Directorio Civil y las Medidas Adoptadas
El Directorio Civil se creó en diciembre de 1925. Destacaba José Calvo Sotelo, ministro de Hacienda. Primo de Rivera convocó una Asamblea Nacional Consultiva en 1927 que debería aprobar un nuevo texto legal que legitimase el nuevo régimen. La iniciativa solo fue respaldada por la derecha conservadora más autoritaria y por los representantes de los más poderosos intereses económicos del país. Se llegó a elaborar un proyecto de Constitución.
Medidas Destacables de la Dictadura
- La formación del Somatén: era una milicia cívica, constituida en Barcelona y promovida por la derecha y la patronal.
- La represión del catalanismo: se prohibió la utilización del idioma catalán en los actos oficiales y se suprimió la Mancomunidad de Cataluña. La política contra las instituciones catalanas fue obsesiva durante la Dictadura de Primo de Rivera.
- La finalización de la Guerra de Marruecos: pese a que el general Primo de Rivera siempre se había mostrado partidario de abandonar Marruecos, los éxitos de Abd-el-Krim suscitaron las quejas del Ejército. El dictador pasó a la ofensiva gracias a una operación militar conjunta franco-española que se inició con el desembarco de Alhucemas.
- El diseño de una política social: uno de los retos principales del régimen fue solucionar la conflictividad social. Eduardo Aunós creó la Organización Corporativa Nacional. El Gobierno logró la colaboración de los socialistas y de los Sindicatos Libres. Se marginó y persiguió a la CNT y al PCE, que fueron ilegalizados.
- El establecimiento de una política económica: la Dictadura se benefició de un período de crecimiento, lo que permitió que se incrementaran los gastos estatales. El promotor fue Calvo Sotelo.
La Constitución de 1931
Características
Configuraba un régimen democrático, parlamentario, laico, descentralizado y en el que se recogía la función social de la propiedad.
Los Poderes
El origen de la soberanía era popular. La primacía la tenía el poder legislativo unicameral, representado por el Congreso. El presidente de la República contaba con cierto margen para elegir o deponer al jefe del Gobierno. Junto al poder legislativo estaba el Tribunal de Garantías Constitucionales.
El Voto
Mediante sufragio universal masculino se elegía a los diputados a Cortes. Una reforma electoral permitió votar a las mujeres. El presidente de la República era designado de forma indirecta. Las corporaciones municipales también eran elegidas por sufragio universal.
La Configuración Territorial
Se contemplaba la aprobación de estatutos de autonomía para las regiones. También se preveía la formación de cabildos insulares en Canarias y Baleares.
Los Derechos
Se limitó el derecho a la propiedad, ya que era susceptible de expropiación forzosa por motivo de utilidad social. Se establecía la posibilidad de nacionalizar algunos servicios de interés común.
La Separación Iglesia-Estado
La afirmación tajante de la separación entre Iglesia y Estado terminaba con el subsidio al clero y prohibía ejercer la enseñanza a las órdenes religiosas. Se disolvía la Compañía de Jesús. Se admitía la posibilidad del divorcio. Los cementerios debían ser comunes para todos. Las consecuencias de la cuestión religiosa provocaron la oposición radical de toda la derecha católica y la Iglesia.