¿Puede el donatario devolver la donación al donante una vez formalizada la donación?

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2. Explique,  si  existe  la  diferencia  entre  la  donación  remuneratoria  y  la  donación onerosa.


En el Cc existen donaciones tipificadas; encontramos en el art.622 la donación onerosa o modal, es aquella donde el donante da en donación alguna cosa, pero obligando al donatario a realizar una prestación a cambio ( siempre debe ser un valor inferior al donado).


En el art.619 podemos encontrar la donación remuneratoria, que son donaciones con gratuidad motivada, ya que las donaciones se hacen a una persona por sus méritos o por los servicios prestados al donante. (no podrán constituir deudas exigibles)


Por tanto, la principal diferencia es que en la onerosa se exige el cumplimiento de una condición, que es realizar la prestación, lo que lo convierte en donación es que lo que se dona es muy superior a lo que se pide a cambio; mientras que la remuneratoria viene dada como agradecimiento por unos hechos realizados antes que la donación.

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