Condición jurídica de las personas en Roma: libres, esclavos y manumisión

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Resumen

El documento explica la clasificación de las personas en el derecho romano según su libertad y ciudadanía, y distingue entre capacidad jurídica de goce y de ejercicio. Describe las causas de esclavitud, las formas de manumisión y los efectos de la libertad, como el derecho de patronato y la posibilidad de adquirir la ingenuidad.

Puntos clave

  • Las personas se clasifican en libres (ingenuos y libertos), esclavos, ciudadanos romanos y no ciudadanos (peregrinos y latinos).
  • La capacidad jurídica se divide en capacidad de goce, que todos o casi todos poseen, y capacidad de ejercicio, que depende de la libertad, la ciudadanía, la condición de jefe de familia, la edad, la salud, la religión y la profesión.
  • Las causas de esclavitud según el ius gentium incluyen la cautividad de guerra, y el ius postliminii devolvía la condición al ciudadano que regresaba.
  • La manumisión es el acto por el que el dueño concede la libertad al esclavo, y puede ser solemne (vindicta, censu, testamento, in ecclesia) o no solemne (inter amicos, per epistulam, per mensam).
  • Las leyes Aelia Sentia y Fufia Caninia imponían restricciones a la manumisión.
  • El patrono conservaba derechos de patronato, herencia y tutela sobre el liberto, y este podía adquirir la ingenuidad mediante el ius aureorum anulorum.

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Tema 1 La persona Clasificación de las personas

naturales: Libres: -Ingenuos: Nació libre -Libertos: Esclavo que ha obtenido la libertad. Esclavos: carece de personalidad. Ciu.Romano: Habitante de Roma. No ciudadano: -Peregrino: Habitante de otro país  que se incorpora  -Latino:habitantes del Lacio que había aliado a Roma.Sui luris: Páter familia
Alieni luris: Sometido al páter familia 
Capacidad Jurídica: D.Familiares Connubium: Contraer Nupcias.             -D.Patrimoniales Commercium: Capacidad de contrar 
Clasificación: -Capacidad de goce: adquirir o gozar de los derechos y ser titular de los mismos. Los alienis luris y dementes poseen capacidad de goce sin tener capacidad de ejercicio.
D.Publico: Incapacidad de goce, personas que no poseían. Ius honorarium: cargos públicos. Ius sufragio: derecho al voto
-Capacidad de ejercicio: facultad que tiene una persona para ejercer sus derechos.  Libre, ciudadano, jefe de familia. Limitaciones: Mujer: 
Manús: sometida al marido, carece de d.Políticos, no ejercía patria potestad. Edad: -impúberes infante: No podía realizar ningún acto jurídico, hasta los 7 años. Impúberes mayor infancia: podían realizar actos jurídicos que lo beneficiaran con autorización del tutor, respondían por actos ilícitos, hasta los 12 M y 14 los V.-Puberes mayores y menores de 25: Inspectio corporis,ley plaetoria/ "restitutio in integris"- recurso proporcionado por le pretor al menor de 25 y había sido perjudicado en el negocio ya celebrado. -La vejez: servia para excusarse de ciertos cargos, como el de tutor. Limitaciones de capacidad de ejercicio: -salud: sordera ceguera y demencia. -Religión: Judíos, herejes, apostatas. -Condición social y profesión: -Liberto: persona que había sido esclava. -Gobernadores de provincia: prohibición de adquirir bienes, dedicarse al gob, contraer matrimonio con las mujeres de la provincia. -Domicilio: intención permanente de establecerse y -Residencia: transitorio o accidental. -Honor civil: Inestabilidad: persona que habiendo presenciado la comisión de un delito se niega a declarar como testigo sin causa..Categorías que determinan la cap. Jurídica: Status del captup: -status libertáis: libre. -status civitatis: ciudadano. -status familiae: paterfamilias. 
Status libertáis- causas de esclavitud: *Por nacimiento: que nazca de un esclavo. *el hijo es libre si la madre había sido libre solo por un instante durante la gestación. Causas iure gentium: *Cautividad de guerra: enemigo hecho prisionero (servus publicus). *Ius postliminii: el ciudadano romano prisionero, si lograba evadirse o era liberado, se le reintegraba su condición jurídica. *Fictio legis corneliae: el ciudadano muerto en cautiverio, se consideraba muerto en el momento de ser capturado, es decir que nunca había sido esclavo. Formas de salir de la esclavitud: manumisión: disposición de la ley. Manumisión: acto por medio el cual el dueño le concede libertad al esclavo. -Formas solemnes: *manumissio vindicta: declaración del patrón frente al magistrado. *manumissio censu: inscripción en el censo de los romanos. *manussimio testamento: declaración hecha por el patrono. *manussimio in ecclessia: declaración del dueño ante la autoridad eclesiástica. *Formas no solemnes: *Inter amicos. *Carta ( per epistulam) *Declarándolo en la mesa ( per mensan). Restricciones: *ley aelia sentía: latino cuando el patrón es menor de 20 o el wesclavo es mayor de 30. * ley fufia caninia: manumitir un numero de esclavo proporcional a los que el dueño tuviese. -Efectos de la manumisión: *liberto, *el dcho de patronato:  el liberto guarda reverancia a este y ademas el amo tenia dcho de herencia y tutela sobre el liberto. -Podía adquirir la ingenuidad: ius aureorum anulorum, anillo de oro que portan los hombres libres. Status civitatis: nacimiento del " jus sanguinis" 
*Causas posteriores al necimiento: -Por manumisión. -Por concesión graciosa del poder publico. -Beneficio de la ley: Lex acilia repetundarum, concede la ciudadanía al peregrino que haga condenar a un funcionario.
dchos consagrados: Ius honorum, ius sufragi, ius connubi, ius commercii, ius actionis. -No ciudadanos: *Peregrinos: *Sus relaciones jurídicas se rigen jus gentium. *No poseen dchos civiles. -Latinos: Intermedio entre pelegrinos. *Latini coloniari: formados por habi. De colonias latinas. *latini juniani: integrada por latinos ex-esclavos. Status familiae: *patria potestas: potestad que tiene el páter sobre toda su familia. *Dominica potestas: postestad del amo sobre esclavos. *Manús mariti: potestad marido sobre mujer. *Mancipium: poder de un hombre libre sobre otro hombre libre.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la manumisión en el derecho romano?

Es el acto por el cual el dueño concede la libertad al esclavo. Puede hacerse mediante formas solemnes, como la manumissio vindicta o testamento, o mediante formas no solemnes, como la declaración inter amicos o por carta.

¿Qué derechos tenía el patrono sobre el liberto?

El liberto debía guardar reverencia al patrono, y este tenía derecho de herencia y de tutela sobre aquel. Estos derechos constituían el derecho de patronato.

¿Qué restricciones establecía la ley Fufia Caninia?

Limitaba el número de esclavos que un dueño podía manumitir, en proporción a la cantidad de esclavos que poseía.

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Test

1. ¿Cómo se denomina al esclavo que ha obtenido la libertad?
2. ¿Qué forma de manumisión se realizaba mediante declaración ante el magistrado?
3. ¿Qué ley limitaba la manumisión de esclavos menores de 30 años o de patronos menores de 20?
4. ¿Qué derecho permitía al ciudadano romano prisionero recuperar su condición si se evadía o era liberado?
5. ¿Qué grupo de no ciudadanos se regía por el ius gentium y carecía de derechos civiles?
6. ¿Qué anillo distintivo permitía al liberto adquirir la ingenuidad?
7. ¿Cuál es la potestad que tiene el páter sobre toda su familia?

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