Elementos Clave y Formalidades en la Contratación Laboral Española

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 5,97 KB

1. Sujetos y Capacidad para Contratar

Se requiere tener capacidad de obrar, conforme a lo establecido en el Código Civil.

2. Forma del Contrato de Trabajo

A) Requisitos de Forma

  • Puede ser escrito o verbal.
  • Si la duración excede de cuatro semanas, debe formalizarse por escrito y entregarse copia a la representación legal de los trabajadores.

B) Consecuencias del Incumplimiento de la Forma Escrita

Se analizarán las consecuencias legales si no se formaliza por escrito cuando sea preceptivo.

C) Obligaciones Administrativas

Se deben cumplir las obligaciones ante la oficina pública de empleo y la Seguridad Social (referencias numéricas: 70/750, SS-3750-12000).

D) Obligaciones de los Representantes Legales de los Trabajadores

Relacionadas con los delegados sindicales (referencia: 750/7500).

E) Obligaciones de los Representantes Sindicales y Administración

Obligaciones en ausencia de oficina pública de empleo.

3. Pactos Específicos que Pueden Constatar en el Contrato

A) Periodo de Prueba

  • Debe constar por escrito.
  • Durante este periodo, el trabajador goza de los mismos derechos que un trabajador fijo.

B) Pacto de No Concurrencia

  • Tiene como objetivo evitar la competencia desleal.
  • Duración máxima: dos años para técnicos y seis meses para demás trabajadores.
  • Si se incumple, el trabajador debe devolver la compensación y puede haber indemnización por daños y perjuicios.
  • El empresario puede cancelar el pacto notificando con 30 días de antelación.

Contrato de Sustitución (Temporal)

1. Causas

  • Reemplazar a un trabajador con derecho a reserva del puesto.
  • Cubrir temporalmente un puesto de trabajo dentro de la empresa.
  • Ocupar un puesto de forma provisional.

2. Requisitos

  • Debe especificarse el nombre del trabajador sustituido y la causa de la sustitución.
  • No es obligatorio que el sustituto ocupe el mismo puesto.
  • Preaviso de 15 días en ciertos casos.

3. Jornada a Cubrir

Puede formalizarse como contrato de interinidad, o si el sustituido tiene un contrato a tiempo parcial, el contrato de sustitución puede ser también a tiempo parcial. También aplica en casos de reducción de jornada.

4. Finalización de la Interinidad

  • No genera indemnización.
  • Si el trabajador sustituto continúa prestando servicios tras la reincorporación del sustituido, el contrato se convierte en indefinido.
  • Si el contrato dura más de un año, se debe avisar de su finalización con 15 días de antelación.

Contrato Parcial

Implica una prestación de servicios inferior a la de un trabajador a tiempo completo. Puede ser indefinido o temporal.

1. Requisitos

  • Debe formalizarse por escrito.
  • Debe constar expresamente que es a tiempo parcial.
  • Prohibición de realizar horas extraordinarias (salvo pacto de complementarias).
  • Obligación de registro diario de la jornada durante 4 años.

2. Derechos

  • Iguales derechos que los trabajadores a tiempo completo, salvo las adaptaciones derivadas de su jornada.
  • Derecho a pasar voluntariamente a un contrato a tiempo completo si existe una vacante.
  • Derecho a conocer las plazas vacantes existentes.
  • El Convenio Colectivo (CC) debe incluir medidas para facilitar el acceso a la formación.

3. Requisitos del Pacto de Horas Complementarias

  • No son horas extra, sino complementarias al contrato parcial.
  • Debe formalizarse por escrito.
  • Solo se pueden pactar si la jornada contratada es inferior a 10 horas semanales.
  • Debe especificarse cuántas horas complementarias se pueden realizar.
  • No pueden superar el 30% de las horas ordinarias contratadas.
  • El empresario debe informar de la realización de estas horas con 3 días de antelación.

4. Extinción del Pacto de Horas Complementarias

  • Puede cancelarse unilateralmente por el trabajador al cabo de un año de su formalización.
  • Causas justificadas para la cancelación anticipada: cuidado de hijos o familiares, formación o nuevo empleo, sin que suponga sanción.

5. Horas Complementarias Voluntarias

  • No pueden superar el 15% de las horas del contrato inicial.
  • El trabajador puede rechazarlas.
  • No se computan dentro del límite del 30% de las horas complementarias pactadas.

6. Requisitos Aplicables a Todas las Horas Complementarias

Deben respetarse los límites de jornada, el descanso entre jornadas, la prohibición de trabajo nocturno, el descanso semanal, y otras reglas del Convenio Colectivo, así como su correcto pago y cotización.

Contrato Fijo Discontinuo

1. Actividades Objeto de Contratación

Se utiliza para trabajos de naturaleza estacional o temporal, o para actividades de prestación intermitente, ya sea por contrata o a través de Empresas de Trabajo Temporal (ETT).

2. Límites en el Caso de Contratas

El trabajador puede quedar sin actividad durante los periodos de inactividad entre contratas.

a) Tiempo de Espera

El tiempo que transcurre hasta encontrar otra subcontrata.

b) Límite de Inactividad

  • Dependerá del Convenio Colectivo.
  • Si el CC no establece nada, el límite es de tres meses.
  • Medidas aplicables: ERTE (temporal) o ERE y despido individual (definitivas).

Entradas relacionadas: