Elementos del delito de homicidio

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Primera pregunta: Si puede imputarse a Jaime la muerte de José Carlos

-Hay que analizar TODOS (los 5) los criterios de la Imputación objetiva ARGUMENTANDO su concurrencia o no con base en los hechos Probados. No se computa, como se advirtió en clase, ni copiar los criterios sin Explicarlos, ni transcribirlos sin base en los hechos probados. Explicar la Conditio sine qua non y el criterio del incremento del riesgo con base en la Causalidad adecuada.

-No se preguntaba por la imputación subjetiva, ni Tampoco por la imputabilidad, que no entraba en la práctica. Entraban los temas 1 a 7 como se dijo en clase en varias ocasiones.

-Con base en los criterios de la imputación objetiva SÍ Podía imputarse la muerte a la conducta de Jaime. 

-El criterio relevante en la práctica es el análisis de Si el resultado es fruto del riesgo creado por el autor o bien de otro factor, Dado que la víctima padecía una enfermedad en el bazo que contribuyó a la Producción del resultado. Es en este criterio donde se analiza esta Circunstancia, y no en ningún otro. La muerte sÍ puede imputarse porque la enfermedad Del bazo favoreció el resultado, pero no fue la causa del mismo, sino los Fuertes y reiterados golpes que le ocasionaron graves lesiones.

Segunda pregunta: Si se trata de un delito de acción o de omisión y si es Doloso o imprudente.

-Hay tres delitos y todos son de acción y de resultado:

oLas Lesiones del art.150 porque se produce la pérdida de un órgano no principal (el Bazo). También se han dado por válidas las del 147 y las del 149.

oEl homicidio, art. 142.

oEl robo con Violencia e intimidación del art.242 (también válido el art.237).

-Las lesiones y el robo son delitos dolosos con dolo de Primer grado. Hay que explicarlo.

-No basta con decir que el homicidio es imprudente o Transcribir la definición de la imprudencia de los apuntes, hay que ARGUMENTARLO, Tal y como se ha explicado muchas veces en clase. No hay asesinato. No hay Tentativa.

-El homicidio es imprudente porque el desconocimiento De la enfermedad que padecía la víctima afecta al tipo subjetivo. La muerte no Era previsible subjetivamente para el autor dado que se vio favorecida por una Enfermedad anterior a los hechos y desconocida para el autor. Aquí hay que Analizar TODOS los requisitos de la imprudencia con base en los hechos Probados, y determinar si se trata de una infracción del deber de cuidado Externo o interno y si es grave o menos grave. Aquí se valora que se haya Explicado la diferencia entre el dolo eventual y la imprudencia consciente Teniendo en cuenta el grado de conocimiento sobre la peligrosidad de la Conducta emprendida y el resto de criterios elaborados para su delimitación que Hemos aplicado varias veces para resolver las prácticas de clase, y todo ello Con base en los hechos probados. Si se califica de homicidio doloso, explicar Los requisitos del dolo eventual con base en los hechos probados; no es posible Ninguna otra clase de dolo.

Tercera pregunta: en su caso, determinar la pena.

-Hay un concurso ideal (única acción, dos delitos) Entre las lesiones dolosas y el homicidio imprudente. Aplicar el art.77.1 y 2. Tener en cuenta si la mitad superior del delito más grave es o no mayor que la Suma de los dos delitos.

-Concurre la agravante de reincidencia del art.22.8. Mitad superior. Como hemos explicado en clase, si el homicidio es doloso, Subsume a las lesiones dolosas, si es imprudente, no.

-Este concurso ideal, entra en concurso real con el Delito de robo con violencia e intimidación del art.242. 

-DETERMINAR LA PENA ¡NO SE SUMAN LOS MARCOS PENALES!

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