Empresa mercantil
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¿Qué principios rigen el Plan de Pensiones? Diapo 65 a 70.
-No discriminación: garantizar el acceso como participe de un plan a cualquiera persona física que reúna las condiciones de vinculación o de capacidad de contratación.
-Capitalización individual: constitución de un ahorro individual en función a las aportaciones realizadas y a la rentabilidad generada.
-Irrevocabilidad de aportaciones: imposibilidad de retroceder las aportaciones realizadas y comprometidas.
-Atribución de derechos: la titularidad de los recursos patrimoniales afectos a cada plan corresponderá a los partícipes y beneficiarios.
-Integración obligatoria: cualquier plan de pensiones se integra obligatoriamente en un fondo de pensiones en los términos fijados por la regulación legal al respecto.
¿Puede ser garantizado un Plan de Pensiones? ¿Qué opciones de garantías ofrece el mercado? Sin diapo.
No se puede garantizar rentabilidad, pero pueden existir algunos como los planes de pensiones garantizados. Al margen de la garantía de tipo de interés existe la posibilidad del cobro, que puede ser en renta vitalicia o capital.
¿Cuáles son los elementos personales de un plan de pensiones? Diapo 72 a 75.
Promotor del plan, partícipes, beneficiarios, partícipes en suspenso.
¿Qué tipos de planes podemos encontrarnos en función del promotor? Diapo 85.
Planes de pensiones individuales, planes de pensiones de empleo, planes de pensiones de asociados.
¿Qué tipos de planes en función de las obligaciones? Diapo 87 y 88.
Planes de aportación definida, que está definido el importe que vas a aportar, planes de prestación definida, que está definida la prestación que vas a percibir, y planes mixtos que tienen en cuenta a las dos.
¿Cuándo se puede cobrar un plan de pensiones? Diapo 97-98.
Jubilación, invalidez, dependencia, desempleo, fallecimiento, cuando llevas 10 años sin realizar aportaciones. Estos anteriores son: contingencias o supuestos excepcionales de liquidez.
¿Diferencias entre contingencias y supuestos excepcionales de liquidez? Diapo 97.
-Contingencias: jubilación, invalidez, defunción y dependencia. Se pueden producir 1 vez.
-Supuestos excepcionales de liquidez: desempleo, enfermedad grave y aportación de más de 10 años. Se pueden producir +1 vez.
¿Qué dos supuestos pueden realizar aportaciones? Diapo 110 y 111 y 112 y 113.
-Planes individuales y asociados: únicamente pueden realizar aportaciones los partícipes.
-Planes de empleo: pueden realizar aportaciones tanto la empresa o empresas promotoras a favor de sus trabajadores como los propios partícipes trabajadores.