El Empresario Individual, el Trabajador Autónomo y la Franquicia: Todo lo Que Debes Saber sobre Formas Jurídicas
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El Empresario Individual
El empresario individual, como forma jurídica, según el Código de Comercio, es aquella persona física que tiene la capacidad legal para el ejercicio del comercio y se dedica a él habitualmente.
Características Principales
- Ser mayor de edad y con libre disposición de bienes; tiene que tener capacidad legal. Los menores de edad no emancipados serán empresarios solo en ocasiones especiales.
- La persona también tiene que realizar una actividad empresarial habitual y no ocasional.
- La actividad empresarial debe ser en nombre propio.
- La responsabilidad del empresario es individual ilimitada, lo que significa que responde del cumplimiento de sus obligaciones con todos sus bienes presentes y futuros.
Tramitación y Fiscalidad
La tramitación legal de esta forma de organización es muy simple. La de empresario individual es la forma idónea para empresas de muy reducido tamaño porque exige pocas gestiones y trámites.
Está sujeto al IRPF, pudiendo tributar por el sistema de módulos o por el de estimación directa:
- El sistema de módulos: Se basa en unos pagos trimestrales y una posterior regulación anual, según unos elementos representativos de la actividad de que se trate y no en función de los ingresos y gastos reales.
- La estimación directa: Que puede ser normal o simplificada, es el sistema tradicional de tributación basado en ingresos y gastos.
El Trabajador Autónomo
Se considera a aquel que, de forma habitual, personal y directa, realiza una actividad económica con fines lucrativos sin que por ello esté sujeto a contrato, con independencia de que utilice, o no, servicio remunerado de terceros.
Características del Autónomo
- Empresario individual.
- Su relación con sus clientes no está sujeta a ningún contrato de trabajo.
- Tiene la obligación de darse de alta en el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social.
- Está sujeto a las obligaciones propias de un empresario individual.
- Tiene un régimen de estimación objetiva singular.
El Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente
Es aquel autónomo dependiente que, con su autonomía funcional, desarrolla su actividad con una fuerte y exclusiva dependencia económica del empresario o cliente que lo contrata, del cual provienen al menos el 75% de los ingresos del trabajador.
La Franquicia
Es un contrato entre dos partes, una empresa o profesional (franquiciador) y otra empresa o profesional (franquiciado), mediante el cual el primero cede al segundo el derecho a la explotación de un sistema propio de comercialización de productos o servicios, y el segundo, a cambio, entrega una contraprestación económica.
Aportaciones y Contraprestaciones
- El franquiciador aporta un producto o servicio, una marca y un know-how.
- El franquiciado recibe el producto, la marca y el know-how a través de una licencia para la explotación en exclusiva de ese negocio en una determinada zona geográfica.
Ventajas e Inconvenientes para el Franquiciador
El franquiciador disfruta de una serie de ventajas al obtener la franquicia:
- Expansión rápida
- Muy poca inversión
- Conocimientos del mercado local
- Ingresos más estables
Pero también existen inconvenientes:
- Conflictos
- Menores ingresos
Algunas Cuestiones sobre la Franquicia
La duración del contrato es pactada por ambas partes. El franquiciador y el franquiciado son empresas independientes; el franquiciado no tiene libertad para dirigir su empresa, ya que las directrices las marca el franquiciador. Es más, el franquiciador puede inspeccionar si se sigue el método impuesto, estudiando incluso la facturación, ya que el canon y el royalty se pagan en función de esta, hasta el punto de que el franquiciado no podrá montar un negocio de características parecidas en un tiempo determinado.