Entendiendo la Nómina: Estructura, Devengos y Deducciones
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La Nómina: Concepto y Estructura
La nómina es el documento justificativo de la entrega del salario, donde deben constar tanto las percepciones como las deducciones.
1. Encabezamiento
En esta sección aparecen los datos de la empresa y del trabajador, el periodo de liquidación y el total de días al que hace referencia.
2. Devengos
Son las percepciones que recibe el trabajador. Se dividen en dos tipos:
Percepciones salariales
Retribuyen el trabajo efectivo. Están compuestas por:
- Salario base: Se fija por unidad de tiempo o de obra.
- Plus de convenio: Incremento del salario en base a la categoría profesional.
- Complementos salariales: En función de determinadas circunstancias.
Percepciones no salariales
- Indemnizaciones o suplidos: Cantidades dinerarias que anticipa la empresa para subsanar o pagar ciertos gastos ocasionados en la realización de su trabajo.
- Prestaciones e indemnizaciones a la Seguridad Social: Cantidades que la Seguridad Social abona al trabajador por maternidad, paternidad, etc.
- Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos: Pueden generar indemnizaciones que no tienen la consideración de salario.
- Otras percepciones no salariales: Percepciones por matrimonio, propinas, regalos, cestas de Navidad, etc.
3. Deducciones
Son los importes que se restan al total devengado. Las principales son:
- La cuota de cotización a la Seguridad Social.
- La cuota de retención de IRPF.
4. Horas Extraordinarias
Existen diferentes tipos de horas extraordinarias según su naturaleza:
- Por fuerza mayor: Son obligatorias, no tienen límite máximo y se realizan para reparar daños producidos por siniestros extraordinarios o urgentes.
- Estructurales: Son obligatorias o voluntarias según el Convenio Colectivo (CC) o contrato. Si están recogidas en el CC o contrato y el trabajador se negara a realizarlas, puede ser sancionado. El trabajador puede realizar un máximo de 80 horas al año, definidas y pactadas en el CC o contrato, por circunstancias puntuales.
- No estructurales: Son voluntarias, con un límite máximo de 80 horas al año y no tienen justificación específica.
Prohibiciones
Tienen prohibido realizar horas extraordinarias: los menores de 18 años, los trabajadores en horario nocturno, los trabajadores a tiempo parcial y los trabajadores con discapacidad.