Estructura y Consolidación de Grupos Empresariales: Conceptos Clave

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Definición de Grupo de Sociedades

Un grupo de empresas está constituido por dos o más empresas jurídicamente independientes, siendo una de ellas dominante y las otras dependientes. Existe grupo cuando una sociedad ostenta o puede ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras. Es el poder de dirigir las políticas financieras y de explotación de un negocio con la finalidad de obtener beneficios económicos de sus actividades.

  • Dominante: Es la sociedad que ostenta o puede ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras.
  • Dependientes: Son aquéllas sobre las que la dominante ostenta o puede ostentar, directa o indirectamente, el control, incluidas las sociedades instrumentales o de propósito especial, creadas para alcanzar un objetivo concreto y definido de antemano, sobre las que se ejerce el control sin que esté explicitado el poder de dirección.

Tipos de Sociedades en el Grupo

Sociedades Multigrupo

Es aquélla que es controlada por una o varias sociedades del grupo, que participan en su capital social, conjuntamente con otra u otras sociedades ajenas al grupo. Su rasgo característico es el control conjunto.

Sociedades Asociadas

Son aquéllas en las que una o varias sociedades del grupo ejercen influencia significativa en su gestión. ¿Qué es influencia significativa?

Se considera que se ejerce influencia significativa:

  • Cuando una o varias sociedades del grupo participan en el capital social.
  • Cuando haya una vinculación duradera contribuyendo a su actividad.
  • En todo caso, cuando el grupo posea al menos el 20 % de los derechos de voto.

Métodos para Consolidar

  • Método de integración global: Se aplica a las sociedades del grupo: dominante y dependientes. Supone la integración en las CCAA (Cuentas Anuales) de la dominante de todas las partidas de las CCAA de la dependiente, reconociéndoles a los socios minoritarios su participación.
  • Método de integración proporcional: Se puede aplicar a las sociedades multigrupo. Supone la integración en las CCAA de la dominante de las partidas de las CCAA de la multigrupo en la proporción de la participación (%).
  • Procedimiento de puesta en equivalencia: Se aplicará a las sociedades asociadas y a las multigrupo que no consoliden por integración proporcional. No supone integración, sino la actualización del valor de la participación.

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