Estructura del Delito: Elementos Positivos y Negativos
Clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 4,59 KB
Para su estudio, los delitos se han estructurado en elementos que forman el aspecto positivo del delito:
Elementos Positivos del Delito
- Conducta: Es el comportamiento humano voluntario.
- Antijuricidad: Supone que la conducta que se ha realizado está prohibida por el ordenamiento jurídico.
- Tipicidad: Conducta que lleva a una acción u omisión establecidas como delitos o faltas dentro de un cuerpo legal.
- Culpabilidad: Es una relación de causalidad ética y psicológica entre un sujeto y su conducta.
Elementos Negativos del Delito
- Ausencia de Conducta: Significa que la conducta no existe y, por tanto, el delito no existe. Si la conducta está ausente, no habrá delito.
- Atipicidad: Acciones que no están descritas en la norma penal.
- Causas de Justificación: Son las razones que el legislador considera pertinentes para anular la antijuricidad de la conducta.
- Inculpabilidad: Es la falta de reprochabilidad ante el derecho penal por falta de voluntad.
Delito: Componentes Clave
Conducta:
- Ausencia de conducta
- Típica: Atipicidad
- Antijurídica: Juricidad, causas de justificación
- Culpable: Imputable, doloso, culposo; responsabilidad que se le atribuye a un sujeto por la conducta realizada de acuerdo al resultado
- Imputabilidad: Culpabilidad. Art. 16: Imputabilidad cuando el sujeto activo tenga alguna discapacidad.
Dolo y Culpa
Dolo: Es con intención, se conocen las consecuencias (acción u omisión).
Culpabilidad: Es la responsabilidad que se le atribuye a un individuo que ha cometido una conducta típica, antijurídica y punible.
Imputabilidad
Es la capacidad de una persona para comprender y tener la consciencia de que ha cometido una conducta típica y antijurídica.
Causas de Inimputabilidad
- Cuando el sujeto activo carezca de...
- Alineación o trastorno similar permanente.
- Trastorno mental transitorio producido en forma accidental o involuntaria.
- Sordomudez careciendo de instrucción.
Estos trastornos tienen como consecuencia la ausencia de la capacidad de comprender la antijuricidad de su conducta durante la comisión del delito.
Dolo y Culpa: Distinción
Dolo: Es el resultado de la conducta con conocimiento de la circunstancia del hecho.
Culpa: Es el resultado previsible a consecuencia de haber desatendido un deber exigible.
Tipos de Culpa
- Formal: Cuando se reúnen los elementos de un determinado sistema penal para que pueda serle imputado un determinado hecho a un sujeto.
- Material: Es el contenido explicativo de la culpa jurídica y antijurídica.
Elemento Negativo: Inculpabilidad
Causas de Inculpabilidad
- Error: Puede ser una causa que nos puede hacer inculpables. Ejemplo: comprar un carro y no saber si es robado.
- Actuar por necesidad: Conociendo la norma, pero tuvimos la necesidad de actuar. Ejemplo: la legítima defensa.
Punibilidad
Es aquella conducta a la que se tiene la posibilidad de aplicar una sanción o pena jurídica. La punibilidad significa la posibilidad de aplicar pena, no a cualquier delito se le puede aplicar pena.
Excusas Absolutorias
Son circunstancias que determinan la exclusión de la pena en un comportamiento antijurídico y culpable. Y las Causas de justificación: aunque existe un hecho aparentemente delictivo, no hay delito y las causas de imputabilidad, aun existiendo delito no hay delincuente.
Se divide: Tipo de sujeto (acción, conducta), tipicidad, antijuricidad, culpabilidad, punibilidad.
Teoría del Delito
Excusas absolutorias: es una suspensión condicional para reinsertar al delincuente en la sociedad.
Puede sustituir la pena con, contemplado en la ley penal en la legislación:
- Suspensión condicional de pena.
- Sustitución de pena.
- Remisión judicial.
- Cumplimiento de medidas de seguridad.
- Sentencia pro penal anterior.
- Ley más favorable.
- Muerte, amnistía, oportunidad, tratamiento, indulto, perdón, rehabilitación, prescripción, acuerdos reparatorios.