Estructura y Desarrollo del Estado Autonómico Español: De la Transición a la Descentralización

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La Formación del Estado Autonómico Español

España se define como un «Estado social y democrático de derecho», con la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político como valores superiores de su ordenamiento jurídico.

Este marco constitucional se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española y reconoce el derecho a las autonomías de sus nacionalidades y regiones. Con la articulación de un Estado autonómico se intentó satisfacer a los movimientos nacionalistas y regionalistas, que aspiraban a contar con cierto autogobierno y que fueron acallados durante el franquismo.

Proceso de Descentralización Política

La nueva carta magna contempló un proceso de descentralización política, para traspasar competencias desde el Gobierno central a otros niveles administrativos, el cual se ha ido desarrollando durante décadas.

El texto constitucional recogía que cada preautonomía podía recorrer su propio camino hasta convertirse plenamente en comunidad autónoma. En la realidad se crearon dos vías de acceso:

  • «Vía lenta» (artículo 143): Marcaba un plazo de creación de cinco años.
  • «Vía rápida» (artículo 151): Posibilitaba acortar los plazos a aquellas regiones que en el pasado hubieran tenido estatuto autonómico. Además, permitía el traspaso de un mayor número de competencias.

Desarrollo y Tensiones Iniciales

Los distintos estatutos de autonomía se fueron aprobando entre 1979 y 1983, y los de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, en 1995. A la vía del artículo 151 se acogieron:

  • Cataluña
  • País Vasco
  • Galicia

Era evidente que el proceso autonómico iba a construirse a dos velocidades, lo cual provocó tensiones entre los territorios.

El Caso Andaluz y el Principio de Igualdad

Manuel Clavero Arévalo dimitió de su cargo de ministro adjunto en 1980, ya que era un firme defensor de un trato igualitario para todas (la idea de «café para todos») y el Gobierno se negó a darle a Andalucía el mismo trato que a las otras comunidades «históricas».

Finalmente, tras la celebración de un referéndum (1980), Andalucía accedió a su autogobierno a través del artículo 151.

El Principio de Solidaridad

La Constitución recoge el principio de solidaridad entre todas las autonomías con objeto de evitar desequilibrios en el desarrollo de los distintos territorios y privilegios de unos sobre otros. Para ello se creó el Fondo de Compensación Interterritorial y se estableció que los estatutos autonómicos no podían provocar desigualdades en materia fiscal, salarial o de Seguridad Social, de unas comunidades respecto a otras.

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