Estructura y Funcionamiento de las Instituciones del Estado Español

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Principales instituciones del Estado

1. La Corona

La forma de gobierno es la monarquía parlamentaria. El rey es el “Jefe del Estado” y mando supremo de las Fuerzas Armadas. Tiene un carácter arbitral, moderador y representativo. Entre sus funciones, destaca su papel en el poder legislativo y ejecutivo.

2. Las Cortes Generales

Las Cortes, que representan al pueblo español, quedan configuradas en dos Cámaras: el Congreso de los Diputados y el Senado. Entre sus funciones destacan:

  • Poder legislativo.
  • Aprobación de los Presupuestos Generales del Estado.
  • Control de la acción del Gobierno a través de mecanismos como el voto de confianza y la moción de censura.

3. El Gobierno

El poder ejecutivo lo ejerce el Gobierno. El presidente es propuesto y nombrado por el rey tras recibir el voto de confianza de la mayoría absoluta del Congreso; los ministros serán nombrados y separados por el rey a propuesta de su presidente. Las funciones del Gobierno son:

  • Ejercer la función ejecutiva.
  • Dirigir la política interior y exterior.
  • Dirigir la administración civil y militar.
  • Ejercer la defensa y la potestad reglamentaria.

4. El Poder Judicial

El poder judicial corresponde a juzgados y tribunales. El órgano de gobierno del poder judicial es el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el órgano jurisdiccional superior es el Tribunal Supremo.

Por otro lado, el Tribunal Constitucional es una institución independiente que se ocupa de interpretar las leyes y velar porque estas sean conformes a la Constitución.

5. El Estado de las Autonomías

La creación del sistema de autonomías, que rompía con la concepción centralista del Estado, fue el cambio más importante que introdujo la Constitución de 1978, reconociendo, pese a la indisoluble unidad de la nación española, el derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran.

La polémica no cesó al reconocerse dos formas de acceder a la autonomía:

  • Vía lenta: según el artículo 143.
  • Vía rápida: según el artículo 151. Esta segunda suponía la existencia de un gobierno autónomo con competencias en materias tan importantes como sanidad, educación o infraestructuras.

Esto marcó la distinción entre nacionalidades y regiones y supuso una dura pugna, especialmente en el caso de Andalucía.

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