Estructura de la Nómina y Conceptos Clave
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Estructura de la Nómina
Percepciones
Percepciones Salariales
Las percepciones salariales incluyen:
- Salario base
- Plus de convenio
- Complementos salariales:
- Antigüedad
- Idiomas
- Penosidad, toxicidad, peligrosidad
- Nocturnidad
- Incentivos
- Plus de actividad, asistencia, puntualidad
- Horas extraordinarias, horas complementarias
- Devengo periódico superior al mes (pagas extraordinarias)
- Participación en beneficios, bonos
- Salario en especie
- Plus de residencia
Percepciones No Salariales
Las percepciones no salariales incluyen:
- Gastos de locomoción
- Plus de transporte o desplazamiento
- Gastos de manutención y estancia
- Prendas de trabajo
- Quebranto de moneda
- Gastos de traslado
- Plus de vestuario
- Cualquier prestación de la Seguridad Social
- Productos en especie concedidos por la empresa (regalos de Navidad, etc.)
El total devengado es la suma de todas las percepciones.
Deducciones
Las deducciones incluyen:
- Cuotas de la Seguridad Social del trabajador por:
- Contingencias comunes
- Desempleo
- Formación profesional
- Horas extraordinarias
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Anticipos a cuenta
- Valor de los productos recibidos en especie
Parte Inferior de la Nómina
Esta sección recoge las bases de cotización y las cuotas que abona la empresa.
Base de Contingencias Comunes (BCC)
La BCC es igual a la remuneración computable más la prorrata de las pagas extraordinarias (P.P.E).
Base de Contingencias Profesionales (BCP)
La BCP es igual a la BCC más las horas extraordinarias. Cuando no hay horas extraordinarias, BCC = BCP.
Base para Tributar por IRPF
La base para tributar por IRPF coincide en algunos casos con el total devengado. Sin embargo, nunca se incluirá en la base para IRPF:
- Los gastos de locomoción debidamente justificados que no superen los 0,19 euros/km.
- Las asignaciones para gastos de viaje que no superen los límites establecidos.
- Los gastos por traslado del puesto de trabajo a otros municipios.
- Las indemnizaciones por despido que no superen los límites establecidos.
- Los tickets de restaurante exentos hasta 15 euros por día hábil (aunque sí cotizan a la Seguridad Social).
En los casos en que aparezca alguno de estos conceptos, la base para el IRPF será inferior al total devengado.