Estructura de la Nómina: Percepciones Salariales, No Salariales y Deducciones
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Percepciones Salariales
Salario base de grupo: es la parte de la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra, establecida para la categoría profesional en los convenios colectivos o en los contratos individuales.
Complementos salariales
Aquellos que no hayan sido valorados al determinar el salario base; pueden venir regulados en las leyes o en los convenios colectivos.
- Complementos personales: se establecen por las condiciones personales del trabajador si no han sido tenidos en cuenta a la hora de fijar el salario base (antigüedad, por ejemplo).
- Complementos del puesto de trabajo: estos complementos se perciben por las características especiales del puesto de trabajo (penosidad, toxicidad, peligrosidad, turnicidad, altura, nocturnidad).
- Complementos por calidad o cantidad de trabajo: se perciben por realizar mayor cantidad o alcanzar un nivel de calidad superior al considerado normal (incentivos, actividad, puntualidad).
Otros conceptos salariales
- Horas extraordinarias: en los convenios colectivos o el contrato individual puede establecerse la opción de abonar las horas extras en la cuantía que se fije.
- Pagas extras: el trabajador tiene derecho, como mínimo, a dos pagas extras al año.
- Participación en beneficios: es una gratificación anual potestativa establecida en función de los beneficios de la empresa.
- Salario en especie: no puede superar el 30% de las percepciones salariales.
Percepciones No Salariales
Indemnizaciones y suplidos
Son cantidades abonadas a los trabajadores por los gastos que realizan como consecuencia de su actividad laboral. Entre ellos se encuentran:
- Dietas de viaje.
- Gastos de locomoción.
- Plus de transporte urbano y distancia.
- Indemnizaciones por adquisición y mantenimiento de prendas de trabajo.
- Indemnizaciones por adquisición y desgaste de herramientas.
- Quebranto de moneda.
Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social
Cantidades que el empresario paga al trabajador y por las que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) le compensará en sus cotizaciones a la Seguridad Social.
Indemnizaciones: el empresario paga al trabajador como consecuencia de traslados, despidos o suspensión del contrato de trabajo.
Otras percepciones no salariales
Mejoras de las prestaciones de la Seguridad Social concedidas por las empresas.
Deducciones
Aportaciones del trabajador a las cotizaciones de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta
- Contingencias comunes: 4,7%.
- Desempleo (contrato indefinido): 1,55%.
- Desempleo (otros contratos): 1,6%.
- Formación profesional: 0,1%.
- Horas extras de fuerza mayor: 2%.
- Otras horas extras: 4,7%.
Otras deducciones aplicables
- IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
- Anticipos.
- Valor de los productos en especie.
- Otras deducciones.