Estructura de la Nómina: Percepciones Salariales, No Salariales y Deducciones

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Percepciones Salariales

Salario base de grupo: es la parte de la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra, establecida para la categoría profesional en los convenios colectivos o en los contratos individuales.

Complementos salariales

Aquellos que no hayan sido valorados al determinar el salario base; pueden venir regulados en las leyes o en los convenios colectivos.

  • Complementos personales: se establecen por las condiciones personales del trabajador si no han sido tenidos en cuenta a la hora de fijar el salario base (antigüedad, por ejemplo).
  • Complementos del puesto de trabajo: estos complementos se perciben por las características especiales del puesto de trabajo (penosidad, toxicidad, peligrosidad, turnicidad, altura, nocturnidad).
  • Complementos por calidad o cantidad de trabajo: se perciben por realizar mayor cantidad o alcanzar un nivel de calidad superior al considerado normal (incentivos, actividad, puntualidad).

Otros conceptos salariales

  • Horas extraordinarias: en los convenios colectivos o el contrato individual puede establecerse la opción de abonar las horas extras en la cuantía que se fije.
  • Pagas extras: el trabajador tiene derecho, como mínimo, a dos pagas extras al año.
  • Participación en beneficios: es una gratificación anual potestativa establecida en función de los beneficios de la empresa.
  • Salario en especie: no puede superar el 30% de las percepciones salariales.

Percepciones No Salariales

Indemnizaciones y suplidos

Son cantidades abonadas a los trabajadores por los gastos que realizan como consecuencia de su actividad laboral. Entre ellos se encuentran:

  • Dietas de viaje.
  • Gastos de locomoción.
  • Plus de transporte urbano y distancia.
  • Indemnizaciones por adquisición y mantenimiento de prendas de trabajo.
  • Indemnizaciones por adquisición y desgaste de herramientas.
  • Quebranto de moneda.

Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social

Cantidades que el empresario paga al trabajador y por las que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) le compensará en sus cotizaciones a la Seguridad Social.

Indemnizaciones: el empresario paga al trabajador como consecuencia de traslados, despidos o suspensión del contrato de trabajo.

Otras percepciones no salariales

Mejoras de las prestaciones de la Seguridad Social concedidas por las empresas.

Deducciones

Aportaciones del trabajador a las cotizaciones de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta

  • Contingencias comunes: 4,7%.
  • Desempleo (contrato indefinido): 1,55%.
  • Desempleo (otros contratos): 1,6%.
  • Formación profesional: 0,1%.
  • Horas extras de fuerza mayor: 2%.
  • Otras horas extras: 4,7%.

Otras deducciones aplicables

  • IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
  • Anticipos.
  • Valor de los productos en especie.
  • Otras deducciones.

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