Estructura del sistema estatal, autonómico y local
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ESTRUCTURA. SISTEMA ESTATAL, AUTONÓMICO Y LOCAL
- El Estado es quien crea los tributos, los recauda y distribuye su gasto. Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.
- Las Comunidades Autónomas recaudan tributos cedidos por parte del Estado en su totalidad o de forma parcial.
- Las Haciendas locales (ayuntamientos) pueden recaudar algunos tributos cuyo establecimiento puede ser voluntario u obligatorio.
AGENCIA TRIBUTARIA
Entidad de derecho público que depende del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y su objetivo es aplicar de forma efectiva el sistema tributario estatal y aduanero, de manera que se cumpla la Constitución.
- Se encarga de recaudar los impuestos estatales y distribuir la parte de los impuestos cedidos de forma parcial a las comunidades autónomas.
- Presta servicios de información y asistencia al contribuyente.
- Detecta y regulariza los incumplimientos tributarios mediante actuaciones de control.
IMPUESTOS
Tributo que se paga a las Administraciones públicas y al Estado para soportar sus gastos, sin contraprestación directa. Estos pagos obligatorios son exigidos tanto a personas físicas como a personas jurídicas.
- Impuestos directos: Recaen directamente sobre las personas o sobre las empresas y se aplican sobre una manifestación directa o inmediata de la capacidad económica: la posesión de un patrimonio o la obtención de una renta. (Las personas que tienen más bienes o ganan más dinero, pagan más).
- Impuestos indirectos: Repercuten en la riqueza de una persona gravando el consumo de bienes y servicios, así como las transmisiones de bienes. (Todas las personas pagan lo mismo).
- Impuestos progresivos: Son aquellos en los que el tipo impositivo aumenta progresivamente al incrementar la base imponible.
- Impuestos regresivos: Son aquellos en los que el tipo impositivo disminuye al aumentar la base imponible.
- Los impuestos proporcionales: Tienen el mismo tipo impositivo, y por tanto, la cuota a pagar es proporcional a la base imponible.
IMPUESTOS DIRECTOS:
Estatales: IRPF y IS
Comunidades autónomas: ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones) e IP (Impuesto de Matrimonio)
Locales: IAE (Impuesto de Actividades Económicas) e IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)
IMPUESTOS INDIRECTOS
Estatales: IVA e impuestos especiales
Comunidades autónomas
ITPAJD: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Se aplica a las transmisiones (compraventas) de todo tipo de bienes y derechos.
ELEMENTOS DE LA DECLARACIÓN Y LIQUIDACIÓN
Documento presentado ante la Administración tributaria donde se reconoce o manifiesta la realización de cualquier hecho relevante para la aplicación de los tributos.
- Hecho imponible: Cuando ocurren, se les aplica la norma tributaria.
- Base imponible: Es la cantidad sobre la cual se aplica el tipo impositivo.
- Base liquidable: Es el resultado de restarle a la base imponible la cantidad del tributo.
- Tipo impositivo: Es un porcentaje que se aplica a la base liquidable o a la base imponible.
- Cuota íntegra: Es el resultado de aplicar a la base el tipo impositivo.
- Cuota líquida: Es la cantidad resultante de aplicar a la cuota líquida las bonificaciones.
- Cuota diferencial: Es el resultado de minorar la cuota líquida en el importe de las deducciones.
- Deuda tributaria: Es la cantidad que se debe ingresar.
- Sujeto pasivo: Es la persona natural o jurídica obligada a cumplir las prestaciones tributarias.
- Contribuyente: Es la persona física o jurídica sobre la que recae la carga económica del impuesto.
- Sujeto activo: Es la administración que recauda y se beneficia del impuesto.