Evolución Histórica y Dogmática del Negocio Jurídico: De Savigny al Pandectismo
Clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 2,94 KB
2. Formación histórica de la categoría dogmática de negocio jurídico
La teoría del negocio jurídico es obra de la doctrina alemana del siglo XIX, específicamente de Savigny, quien caracteriza el negocio jurídico como la voluntad dirigida a producir efectos jurídicos y procura subsumirlo a un conjunto de actos jurídicos.
Posteriormente, el pandectismo desarrolló la teoría del negocio jurídico y pretendió erigir un sistema de Derecho privado sobre principios derivados lógicamente de las normas. Tal sistema asume como principio básico la libertad de los particulares, constituyendo el negocio jurídico el paradigma del ejercicio de tal libertad.
Abstracción y generalización del concepto
El concepto de negocio jurídico surge de la abstracción y generalización sucesivas de los rasgos característicos y reglas comunes a los contratos, testamentos, matrimonios y actos de otras personas. En todos ellos se hace constar la existencia de una declaración de voluntad para la producción de efectos jurídicos.
Savigny se encuentra con disposiciones sobre contratos, testamentos y matrimonio; mediante un estudio lógico, se van abstrayendo los elementos y principios comunes a todas esas normas y con ellos se formula el concepto de negocio jurídico. Los pandectistas proceden así para resolver un problema de insuficiencia normativa (lagunas de ley). En cambio, en relación con otros actos que no son contratos, matrimonio o testamentos, se encuentran solo con normas aisladas, y es necesario integrar el Derecho.
Procedimiento de integración y aplicación
El procedimiento se asemeja a la analogía iuris y su aplicación será susceptible de expansionarse a otros supuestos distintos de los de partida. Cuando se formula el concepto de negocio jurídico, se delimita el ámbito de aplicación de los principios y reglas generales, ya que, en principio, solo se aplicarían a supuestos que convengan.
Dificultades e inconvenientes de la categoría
Existen dificultades e inconvenientes en esta construcción dogmática:
- Heterogeneidad de los supuestos: Los supuestos de partida son muy heterogéneos y, aunque tienen elementos comunes, son muy importantes las diferencias. También es frecuente que no sea posible abstraer una regla común y tenga que recurrirse a las normas de los contratos, testamentos y matrimonios. Quedaría sin resolver el problema de cubrir la insuficiencia normativa en actos como la renuncia de los derechos o el reconocimiento de la paternidad.
- Distanciamiento de la realidad: Todo supraconcepto surgido de procesos de abstracción se aleja de la realidad concreta y suele dificultar su aplicación práctica.