Evolución Histórica del Ministerio Público en México y Responsabilidad Penal de los Servidores Públicos
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Evolución de la Ley Penal y el Surgimiento del Ministerio Público
La Ley Lares de 1853, además del fiscal "que será oído en las causas criminales", menciona por primera vez, constitucionalmente, el cargo de Procurador General de la Nación con rango similar al de Ministro de la Suprema Corte de Justicia, movible a voluntad del Ejecutivo Federal, con funciones para intervenir en defensa de los intereses nacionales. La Ley sobre Administración de Justicia, expedida por el Presidente Juan Álvarez en 1855, instituyó dos fiscales integrantes de la Suprema Corte.
La Institución del Ministerio Público en la Constitución de 1917
La verdadera concepción de lo que hoy se conoce como "institución del Ministerio Público" la encontramos en la Constitución de 1917. Dentro de esta, se establece formalmente la representación social como un órgano dependiente del Poder Ejecutivo.
En la exposición que Don Venustiano Carranza hiciera sobre el tema que nos concierne, cuando presentó el proyecto de Constitución al Constituyente, definía con claridad la situación que prevalecía en los tiempos anteriores a la reunión del mismo. Hablaba de las arbitrariedades de las autoridades administrativas y de la capacidad legal que las leyes vigentes les otorgaban para cometerlas.
Reformas y Delimitación de Funciones Judiciales
Se refería también a los atentados que en múltiples ocasiones cometían los jueces contra inocentes al ejercer, al mismo tiempo, funciones persecutorias contra los delitos, lo que creó la peligrosísima confesión con cargos, que desnaturalizaba las funciones de la judicatura. Señalaba que la institución del Ministerio Público tenía carácter meramente nominal y decorativo, sin mayor posibilidad de cumplir las condiciones para las cuales había sido creado: intervenir en la recta y pronta administración de justicia.
De esa manera, Don Venustiano Carranza propuso delimitar en forma precisa las funciones de persecución de los delitos, así como la imposición de las penas, ambas correspondientes tanto a la autoridad administrativa como a la judicial. A tal fin, otorgó facultades exclusivas al Ministerio Público, poniendo a su disposición a la Policía Judicial. Su reiterado objetivo era eliminar los abusos de las autoridades administrativas y de la policía común.
Sanciones para Empleados de Hacienda y Administración Pública
Cabe agregar que la imposición de las penas corporales debía realizarse sin perjuicio de hacer efectiva la responsabilidad pecuniaria en que los citados empleados hubieran incurrido, y que la pena de prisión llevaba siempre anexa la pérdida del empleo e inhabilitación perpetua para obtener cualquier otro empleo en la administración pública.