Factura Electrónica, Firma Digital y Tipos de IVA en España: Todo lo que Debes Saber

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Factura electrónica, firma digital y factura proforma

La e-factura. Se considera factura electrónica o e-factura a todo archivo electrónico que pueda ser objeto de transmisión o almacenamiento de forma telemática y posea firma digital.

La firma digital es un proceso que garantiza la validación de los datos del documento, tanto en su autenticidad (identidad del emisor) como en su integridad (que no han sido modificados).

Así pues, la factura electrónica, con firma digital, sustituye a la factura en soporte papel y está sujeta a los mismos requisitos y obligaciones.

Ejemplo: EDI-INVOIC, ya que sigue el estándar EANCOM.

La factura proforma es un documento que refleja la oferta detallada de venta o presupuesto.

Tipos de IVA

Tipo general: 21%

Se aplica a:

  • Entregas realizadas por empresarios en el desarrollo de su actividad.
  • Adquisiciones intracomunitarias de bienes.
  • Prestaciones de servicios realizadas por profesionales.
  • Importaciones.

Se aplica a la mayoría de los productos y servicios: ropa, calzado, mobiliario, electrodomésticos, bricolaje, tabaco, bebidas alcohólicas.

Tipo reducido: 10%

Se aplica a:

  • La entrega, adquisición intracomunitaria o importación de los siguientes bienes:
    • Productos de alimentación (humana o animal), excepto alimentos básicos.
    • Animales, vegetales y productos susceptibles de ser utilizados para la elaboración de productos alimenticios.
    • Aguas aptas para su alimentación humana, animal o riego.
    • Productos para actividades agrícolas, ganaderas y forestales, excepto maquinaria, utensilios o herramientas.
    • Medicamentos para uso animal y veterinario.
    • Material e instrumental médico, aparatos sanitarios, prótesis ortopédica y sensorial, gafas graduadas y lentillas.
    • Viviendas y garajes (máximo por vivienda).

La prestación de los siguientes servicios:

  • Transportes de viajeros y sus equipajes por cualquier medio.
  • Hostelería, campamentos, balnearios, restaurantes y suministros de comidas o bebidas para consumir en el acto.
  • Asistencia veterinaria y servicios prestados por empresas.
  • Prestados por intérpretes, artistas, directores, técnicos, etc., en la producción de películas cinematográficas, obras teatrales y musicales.
  • Entradas a cines, teatro, circo, parques de atracciones, zoológicos, museos, conciertos y exposiciones, bibliotecas, etc.
  • Entradas a espectáculos deportivos, aficionados y culturales.
  • Entradas a exposiciones y ferias de carácter comercial.
  • Limpieza de vías públicas, parques, jardines, recogida de basuras y tratamiento de aguas residuales.

Tipo superreducido: 4%

  • Alimentos básicos (pan, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres y tubérculos naturales).
  • Harina y cereales para la elaboración del pan y las derivadas de la leche (yogur, cuajada, etc.).
  • Libros, revistas y periódicos, excepto los dedicados fundamentalmente a la publicidad.
  • Material escolar no electrónico.
  • Medicamentos para uso humano.
  • Prótesis, sillas de ruedas y vehículos para minusválidos.
  • Servicios de adaptación de taxis y automóviles para minusválidos.
  • Viviendas de protección oficial.

Operaciones exentas de IVA

  • Servicios de correos y efectos timbrados (sellos, impresos para letras de cambio, etc.).
  • Asistencia sanitaria, hospitalaria y en consulta privada, por médicos, ATS, dentistas, psicólogos, logopedas, ópticos y ambulancias.
  • Colegios, guarderías, servicios deportivos, culturales y sociales.
  • Operaciones de seguro.
  • Loterías, apuestas y juegos de carácter estatal.
  • Segundas y posteriores ventas de viviendas y edificios.
  • Alquileres de edificios para viviendas y garajes.
  • Operaciones financieras y bancarias.
  • Entregas intracomunitarias, exportaciones y envíos a Ceuta, Melilla e Islas Canarias.

Operaciones no sujetas al IVA

  • La entrega de muestras gratuitas o prestación de servicios con el fin de promocionar artículos o actividades empresariales o profesionales.
  • La entrega de impresos u objetos de carácter publicitario sin valor comercial por sí mismos.
  • Los servicios prestados por trabajadores asalariados a las empresas para las que trabajan.
  • Los servicios prestados por los socios en las cooperativas de trabajo asociado.
  • La transmisión de la totalidad del patrimonio empresarial o profesional, si el adquirente sigue ejerciendo la misma actividad empresarial o profesional.
  • La entrega de bienes y prestación de servicios de los entes públicos.

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