Fases del procedimiento abreviado y apertura del juicio oral

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SUPUESTO 2

1. Fase intermedia en el procedimiento abreviado

La fase intermedia, también conocida como “juicio de acusación”, se corresponde con la segunda fase en la tramitación del procedimiento abreviado.

Si bien la primera fase de este procedimiento se desarrolla ante el Juzgado de Instrucción, la fase intermedia también se desarrolla ante el Juez de Instrucción.

Esta fase de preparación del juicio tiene como finalidad:

  • Resolver si abrir o no el juicio oral.
  • Fijar el procedimiento adecuado y el órgano competente para la posterior fase del juicio oral.

La fase intermedia se caracteriza por tratar un conjunto de actuaciones destinadas a valorar si lo expuesto en la fase de instrucción reúne los presupuestos necesarios para proceder al juicio oral o al sobreseimiento de la causa.

2. Competencia para la apertura del juicio oral

En el procedimiento abreviado, la adopción de la apertura del juicio oral compete al propio juez instructor que conoce de la fase de instrucción y de la fase intermedia del procedimiento.

Para proceder a la apertura del juicio oral es necesaria la previa solicitud de apertura por alguna de las partes acusadoras. La decisión de abrir el juicio oral exige la previa solicitud de apertura por alguna de las partes acusadoras, la cual se realizará en el plazo común de 10 días.

En resumen, en el procedimiento abreviado, la decisión de abrir o no el juicio oral se adopta después de que se haya formulado acusación como una manifestación directa del principio acusatorio.

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