Fases del procedimiento administrativo y su definición

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Procedimiento administrativo (definición y fases)

El procedimiento administrativo puede definirse como “el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin”.

En el procedimiento administrativo se diferencian tres fases: Iniciación, Instrucción y Terminación.

La iniciación: el procedimiento administrativo puede iniciarse de oficio o a solicitud del interesado. De oficio puede producirse por decisión del órgano competente o del superior jerárquico. A instancia de parte, con el acto de iniciación que se denomina solicitud que tendrá un contenido mínimo que deberá tener: datos personales del interesado, hechos y razones, petición o súplica, lugar, fecha y firma del solicitante y el órgano al que se dirige. Si el escrito no reúne los datos mencionados, el interesado tendrá un plazo de 10 días para que subsane la falta.

Instrucción: Es la fase comprensiva de los trámites necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución. Los interesados podrán aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia.

Prueba: Los hechos relevantes para la decisión del procedimiento podrán acreditarse por cualquier medio de prueba válido en Derecho.

Participación de los interesados: Una vez instruido el procedimiento, se concederá trámite de audiencia a los interesados por plazo de entre 10 y 15 días, al objeto de que formulen alegaciones y presenten los documentos y justificaciones que se estimen pertinentes.

El plazo para formular alegaciones no podrá ser inferior a 20 días.

Terminación: se tiene que distinguir la forma normal y la anormal de terminación del procedimiento:

La forma normal de terminación es con la resolución y la forma anormal de terminación puede ser: desistimiento de la solicitud, renuncia al derecho en que se funde la solicitud, caducidad del procedimiento, terminación convencional, silencio administrativo y imposibilidad de continuar el procedimiento.

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