Fases del Procedimiento Administrativo y Recursos: Conceptos Clave
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Fases del Procedimiento Administrativo
El procedimiento administrativo se estructura en las siguientes etapas:
- 1. Iniciación:
- De oficio: La Administración actúa por iniciativa propia.
- Por iniciativa del interesado: El interesado lo solicita de forma expresa, siguiendo un protocolo.
- Por orden superior: Emitida por un órgano administrativo superior jerárquico.
- Por petición razonada de otros órganos: Cualquier órgano administrativo sin competencia, pero que ha tenido conocimiento de las circunstancias.
- 2. Ordenación
- 3. Instrucción
- 4. Finalización
- 5. Ejecución
Solicitud de Iniciación
Para iniciar un procedimiento, la solicitud debe contener:
- Nombre y apellidos del interesado o representante.
- Dirección física o electrónica del interesado para notificaciones.
- Hechos y razones de la solicitud.
- Lugar y fecha.
- Firma del solicitante.
- Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige.
El Silencio Administrativo
Es la resolución presunta de un procedimiento administrativo en el que, pasado el plazo reglamentario, la Administración no ha emitido ninguna resolución.
- Silencio administrativo positivo: Ante la falta de resolución expresa, se entiende que la resolución es estimatoria de la solicitud del interesado, siendo favorable a él.
- Silencio administrativo negativo: Ante la falta de resolución, se entiende que se desestima la petición del interesado.
Recursos Administrativos
Es el derecho que tienen los ciudadanos afectados por un acto administrativo para obligar a la Administración a revisar su resolución cuando no están de acuerdo con su contenido o con algún otro elemento.
- Actos recurribles: Son los actos no firmes; pueden ser impugnados.
- Actos no recurribles: Son los actos firmes, con carácter definitivo.
Vías para la impugnación
- La vía administrativa: Recurso ante un órgano de la Administración.
- La vía judicial: Recurso de lo contencioso-administrativo.
Tipos de Recursos Administrativos
Para interponer un recurso, se debe realizar un escrito que contenga como mínimo la siguiente información:
- Nombre y apellidos del recurrente, así como su identificación personal.
- Acto que se recurre y la razón de su impugnación.
- Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige.
- Otras particularidades exigidas, en su caso, por las disposiciones específicas.
- Lugar y fecha, firma del recurrente, identificación del medio y, en su caso, del lugar que se señale a efectos de notificaciones.
Conceptos Jurídicos Relevantes
- Actitud punible: Actitud sancionable.
- Cohecho: Delito cometido por una autoridad pública que acepta dinero u objetos de valor (soborno).
- Error de hecho: Error material fruto de una equivocación de datos.
- Prevaricación: Delito cometido por una autoridad pública que dicta una orden a sabiendas de que es injusta.