Femicidio, Robo y Hurto: Marco Legal y Clasificación Penal
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Femicidio: Definición y Marco Legal
El femicidio es una figura especial de homicidio que consiste en la muerte de una mujer cometida por un hombre en circunstancias determinadas por la ley, vinculadas a una relación de pareja o a razones de género.
Elementos Doctrinales
- Bien jurídico protegido: La vida humana independiente.
- Verbo rector: Matar.
- Sujeto activo: Hombre que tenga o haya tenido una relación de pareja o vínculo afectivo con la víctima, o que esté dentro del contexto de violencia de género.
- Sujeto pasivo: Mujer que sea o haya sido cónyuge, conviviente, o mantenga o haya mantenido una relación sentimental o sexual con el autor, o dentro del contexto de violencia de género.
Normas Legales
El marco normativo se encuentra en los artículos 390 bis, 390 ter, 390 quater, 390 quinquies, 390 sexies y 372 bis del Código Penal.
Figuras de Femicidio
- Femicidio íntimo limitado: Hombre que mata a su cónyuge, conviviente o madre de su hijo.
- Femicidio íntimo ampliado: Hombre que mata a mujer con quien tiene o tuvo relación sentimental o sexual sin convivencia.
- Femicidio en razón de género: Hombre que mata a mujer por razón de género.
- Violación con femicidio: Homicidio cometido con ocasión de violación por un hombre hacia una mujer.
- Suicidio femicida: Causar el suicidio de una mujer tras hechos previos de violencia de género.
Agravantes y Penas
Se consideran agravantes especiales: víctima embarazada, menor de 18 años, adulta mayor o en situación de discapacidad; presencia de ascendientes o descendientes; violencia física habitual o reiterada. Cabe destacar la exclusión de atenuante: el juez no puede aplicar el artículo 11 N°5 (arrebato y obcecación).
Delito de Femicidio en Razón de Género
Se define como el acto del hombre que matare a una mujer en razón de su género. Se presume legalmente esta condición si el homicidio ocurre por:
- Negativa de la víctima: Rechazo a establecer una relación sentimental o sexual.
- Ejercicio de prostitución u oficio sexual: Cuando la víctima ejerce o ejerció dicha actividad.
- Violencia sexual previa: Existencia de violencia sexual contra la víctima.
- Orientación sexual, identidad o expresión de género: Motivación basada en estas circunstancias.
- Subordinación o discriminación: Situación de manifiesta subordinación, relaciones desiguales de poder o clara intención de discriminación.
Robo y Hurto: Diferencias y Clasificaciones
Según el Artículo 432: “El que sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucrarse se apropia cosa mueble ajena usando de violencia o intimidación en las personas o de fuerza en las cosas, comete robo; si faltan, el delito se califica de hurto”.
Semejanzas
Ambos delitos atentan contra la propiedad, tienen sujeto activo común, requieren apropiación de cosa mueble ajena, falta de voluntad del dueño y ánimo de lucro.
Diferencias Clave
- Violencia o fuerza: El robo requiere obligatoriamente violencia, intimidación o fuerza; el hurto no.
- Dirección de la fuerza: En el robo, la fuerza se dirige a las cosas que protegen el objeto, no al objeto mismo.
- Consumación: Se considera consumado cuando el autor puede disponer de la cosa, habiéndola sacado de su esfera de resguardo.
Robo con Violencia e Intimidación
- Violencia: Energía o fuerza física sobre la víctima.
- Intimidación: Amenaza seria, verosímil y grave.
- Violencia ficta: Fingir autoridad para obtener la entrega.
- Regla de los tres tiempos: La violencia puede ejercerse antes, durante o después del robo.
Robo con Fuerza en las Cosas
Se clasifica según el lugar (habitado, destinado a la habitación, no habitado, bienes de uso público). El Artículo 440 sanciona el robo en lugar habitado, mientras que el Artículo 442 regula el robo en lugar no habitado. Se consideran medios de fuerza: escalamiento, uso de llaves falsas, seducción de doméstico o simulación de autoridad.
Delito de Hurto
Definido como la apropiación de cosa mueble ajena sin violencia ni fuerza. Incluye figuras como el hurto de posesión, hurto calificado (abuso de confianza, famulato, hotelero, transportistas), hurto de redes de suministro y hurto de hallazgo.