FOL vacaciones, fiestas, permisos

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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1.Contrato de trabajo: el concepto de contrato de trabajo es un acuerdo individual entre empresarios y el trabajador por el el que este se obliga a prestar sus servicios laborales al empresario a cambio de una retribución.

2.Capacidad para contratar: en españa se puede firmar un contrato de trabajo smp que se tenga 16 años cumplidos. Los menores de 18 años requieren permisos de sus padres o tutores para poder firmar el contrato de trabajo salvo que estén legalmente macipado.

3.Periodo de prueba:es de carcter optativo pero si la empresa quiere k lo haya deberá consignarse por escrito. El objeto de periodo de prueba es la comprobación por parte de la empresa de la identidad del trabajador para ocupar el puesto de trabajo para el que ha sido contratado y para que el trabajador compruebe que la empresa y el trabajador responde a sus espectativas. La duración del periodo de prueba sera la establecida en el convenio colectivo a falta de esto no podrá excedeer de 6 meses para los técnicos titulados y de 2 meses para el resto de trabajadores. Durante el periodo de prueba el trabajador tendrá los mismo derechos y pbligaciones k los demás trabajadores, la única diferencia es k durante el periodo de prueba se puede dar por finalizada la relación laboral en cualquiera de las dos partes sin alegar causa alguna

4.Concepto de salirio: se llama salario a la totalidad de las percepciones económicas en dinero o en especi que recibe el trabajador del empresario por la prestación de sus servicios laborales retribuyendo tanto el tiempo de trabajo como los periodos de descanso computables como tales

5.El salario se compone de: *salario básico: es el que se establece por unidad de tiempo o por unidad de obra. *complemento salarial: son cantidades k se suman al salario base en función de las siguientes circustancias: -características personales del trabajador.-características del puesto de trabajo-resultados económicos de la empresa. *concepto de pago no mensual o no periódico


6.Jornadas de los menores de 18 anos: el descanso semanal de estos trabajadores debe de ser como mínimo de dos días innterrumpidos. Estos trabajadores no podrán realizar mas de 2horas de trabajo incluyendo el tiempo dedicado al la formación, por lo tanto no podrán hacer horas extras. La duración mínima del descanso previsto cuando la jornada continua exceda de 4horas y medias es de 30 minutos.

7.Horas extras: son las que se realiza sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo. Su retribución puede ser inferior al valor de la hora ordinaria. Por convenio colectivo o por contrato individual se optara entre pagarlos en la cuantía que se fije o compesarla por descanso retribuidos, trabajar en horas extras es voluntario salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o en el contrato de trabajo sin que en todo caso se puedan hacer 80horas al año

8.Vacaciones: la duración de las vacaciones se establece por convenio o por contrato teniendo que ser como mínimo de 30 días naturales. El periodo de vacaciones no se puede sustituir por compensación económica. El periodo de disfrute de las vacaciones se fija de común acuerdo entre el empresario y el trabajador. En caso de desacuerdo se puede recurrir al juzgado de lo social que fijara la fecha del disfrute. El trabajador debe conocer las fechas k le corresponde al menos con 2 meses de antelación. No existe ninguna preferencia basada en las responsabilidades familiares para elegir el periodo de vacaciones cuando existan en régimen de turno a no ser que la establezca el convenio colectivo

9. Permisos: todos los trabajadores previoaviso y posterior justificación tienen derecho a una serie de permisos remunerado por el tiempo y motivo siguiente: -15 días naturales por matrimonio. -15 dis naturales por paternidad. -1 dia por traslado del domicilio habitual. -2 días por fallecimiento, accidente u hospitalidad de un familiar hasta el segundo grado inclusive por consanguinidad o afinidad distinta a la del trabajo. -el tiempo indispensable para ir a votarl o para cuplir con un deber inescusables de carácter publico y personal. - tiempo necesario para llevar a cabo actividades sindicales o de representación de los trabajadores. - 1hora por lactancia de un menor de 9 meses. - el tiempo necesario para concurrior a exámenes cuando cursen con regularidad estudios para la obtención de un titulo académico profesional

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