Formalización del contrato y ejecución de obras por gestión directa

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Formalización del contrato

4 Formalización del contrato: 1 El órgano de contratación, en base a lo que dice la mesa, hace la adjudicación al adjudicatario que se le va a adjudicar el contrato.2 En los siguientes 10 días, el adjudicatario tiene que constituir garantía definitiva.3 En los siguientes 5 días, el órgano de contratación dicta resolución y adjudica el contrato.4 En los 10 días siguientes, se formaliza el contrato. Se formaliza en un simple documento administrativo, si lo pide el contrato se formalizará en escritura pública. Las claves del contrato serán las PCAP con las mejoras introducidas por el adjudicatario. A ese documento se adjuntan los documentos contractuales del proyecto. Si el contratista no acude a la firma del contrato, eso lleva consigo la pérdida de las garantías. Si es la administración la que se retrasa, se puede reclamar. No se pueden iniciar las obras sin contrato firmado, salvo casos de emergencia.// 5

Ejecución de obras por gestión directa

Ejecución de obras por gestión directa: Esto es posible cuando:* El órgano de contratación demuestre que puede hacerlo con igual calidad que si se adjudicase y con menor coste.* En los casos en los que no se llegue a un proyecto definitivo o presupuesto cerrado* En obras de conservación susceptibles de proyecto. * En obras de procedimientos de emergencia. * Cuando sea necesario relevar al contratista de la ejecución de aquellas unidades de obra no previstas, surgidas de modificaciones del contrato. Si no está de acuerdo en los nuevos precios fijados. /// La ley permite que, aunque no haya contratista, el órgano de contratación cuente con un empresario colaborador. Con este empresario formaliza un contrato, pero este no es un contrato de obras (‘contrato extraño’), es un contrato de actividad. Se paga por administración, aquí no hay riesgo. No lo acepta Europa, solo es posible en contratos no armonizados. El contrato de obra es un contrato de resultado, no de procedimiento. Este se realiza fundamentalmente por unidad de obra (precios unitarios). El contrato de obras es a riesgo y ventura del contratista.

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