Formas de Gobierno, Recurso de Inconstitucionalidad y Proceso Constituyente en España
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Formas de Gobierno
1. Régimen Parlamentario
Surge en Reino Unido entre los siglos XVII, XVIII y XIX.
- El Parlamento puede destituir al Gobierno mediante: investidura del jefe de Gobierno, moción de censura o moción de confianza.
- Existe un poder ejecutivo dual: el jefe de Gobierno es de broma, el Gobierno está presidido por un primer ministro.
- El Gobierno tiene la facultad de disolver anticipadamente el Parlamento.
- Características: preeminencia política del presidente del Gobierno, desaparece la separación de poderes Legislativo y Ejecutivo, separación entre Gobierno y oposición.
2. Régimen Presidencialista
Origen en Estados Unidos.
- Características: existe un ejecutivo monista (jefe de Estado y Gobierno = persona), elegido por el pueblo, nombra y separa a los miembros del Gobierno, no existe referéndum, el Parlamento es elegido por el pueblo, el Gobierno no responde ante el Parlamento, el Parlamento no puede ser disuelto por el Gobierno, separación de poderes.
- Mecanismos de equilibrio: presidente de la república sobre el parlamento: influenciado por otros políticos y mensajes a cámaras, presidente tiene derecho de veto sobre las leyes del parlamento, el presidente tiene liderazgo. Parlamento controla al presidente de la república: aprobando el presupuesto por ejemplo.
3. Régimen Semipresidencialista
Se da en Francia y Portugal.
- Presidente de la república elegido por el pueblo.
- El Poder Ejecutivo es dualista, el primer ministro es elegido por el presidente.
- El presidente de la república tiene derecho a disolver el parlamento.
- Posibles problemas: cohabitación entre el presidente de la república y el primer ministro.
4. Régimen Asambleario
- No existe separación de poderes entre el Legislativo y el Ejecutivo.
- La asamblea es elegida por el pueblo y se renueva frecuentemente.
- El Gobierno es designado por la asamblea.
- Según Loewenstein, se trata de un sistema "archidemocrático" que suele dar lugar a un régimen autodemocrático.
Recurso de Inconstitucionalidad
- Legitimación: según artículo 162, están legitimados: el presidente del Gobierno, 50 diputados, 50 senadores, el defensor del pueblo, el consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, el parlamento de las Comunidades Autónomas. Los órganos de las Comunidades Autónomas solo pueden interponer recursos contra leyes del Estado.
- Plazo: el plazo para interponer... 3 meses a partir de la publicación de la norma. Excepción: se amplía a 9 meses cuando sea el presidente del gobierno o el consejo de gobierno de la Comunidad Autónoma los que interpongan Recurso de Inconstitucionalidad.
Fases del Proceso Constituyente
Congreso:
Las Cortes decidieron elaborar una Constitución y el Pleno del Congreso aprobó una moción que dio lugar a la Comisión Constitucional del Congreso designando una Ponencia encargada de redactar el texto constitucional siendo aprobado y publicado en el BOE.Senado:
El texto se debatió en el Senado y el proyecto constitucional fue publicado en el Boletín Oficial del Senado abriéndose un plazo de enmiendas.Comisión mixta:
Al haber discordancia entre el texto aprobado en el congreso y el del Senado, se reunió una Comisión Mixta para establecer un texto único mediante votación de ambas cámaras.Aprobación por el Pleno de ambas Cámaras:
El texto se aprobó con mayoría de ambas cámaras, llamándose así la "Constitución del consenso".Referéndum:
La Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978.Sanción por el Rey:
La Constitución fue sancionada por el Rey ante las Cortes en sesión conjunta de ambas cámaras.Publicación y entrada en vigor:
La Constitución fue publicada en las distintas lenguas de España en el BOE.