La franquicia en España: concepto, contrato y trámites para poner en marcha tu empresa
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La franquicia
Un contrato se establece entre una persona o profesional (franquiciador) y otra empresa o profesional (franquiciado). El franquiciador entrega un producto o servicio (suficientemente rentable y conocido), una marca (denominación, logo, imagen, signo) y un know-how (saber hacer).
El franquiciado recibe una licencia para la explotación no exclusiva del negocio en una zona de influencia que se pacta en el contrato. A cambio, entrega una contraprestación económica denominada canon de entrada y, periódicamente, unas cantidades denominadas royalty y canon de publicidad.
El know-how se materializa en manuales, cursos teóricos y prácticos, asistencia técnica, formación continua y actualización de los conocimientos mediante cursos y seminarios.
El canon de publicidad está destinado a constituir un fondo para realizar inversiones en publicidad en beneficio de toda la cadena.
La duración se pacta por las partes en el contrato; normalmente es un período de tiempo que permite al franquiciado amortizar la inversión realizada. Los contratos suelen tener una cláusula de renovación automática por un período de tiempo determinado.
McDonald's, Burger King, Mango, Adolfo Domínguez o Viajes Barceló son ejemplos conocidos.
Existen en Internet portales que facilitan información sobre las franquicias: franquicias existentes en España y en el mundo, condiciones de adhesión, inversiones mínimas, características del local, forma jurídica y costes.
Trámites con vistas a la puesta en marcha de una empresa
De carácter fiscal (en la delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria):
- Solicitud del CIF.
- Alta en el censo de etiquetas y opciones del IVA.
- Declaración previa al inicio de la actividad.
- Alta en el IRPF.
- Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Legalización de libros de registro (diario, gastos, ingresos, actas).
De carácter laboral (en la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales):
- Comunicación de apertura del centro de trabajo.
- Adquisición y sellado del libro de visitas de la Inspección de Trabajo.
En la Tesorería General de la Seguridad Social:
- Inscripción de la empresa en la Seguridad Social.
- Trabajadores por cuenta propia: inscripción en el régimen especial de autónomos.
- Afiliación y alta de trabajadores.
En la Administración Local (Ayuntamiento):
- Licencia de apertura.
- Licencia de obras.