Fueros municipales en la España medieval

Clasificado en Arte y Humanidades

Escrito el en español con un tamaño de 2,97 KB

En la España medieval de los cuales vamos a destacar algunos por diversos motivos.

Los Fueros municipales

Se formaron entre los siglos XI y XIII aunque a finales del siglo X encontramos algunos fueros municipales de carácter breve, como por ejemplo el Fuero de Castrojeriz (Burgos), que es el fuero municipal más antiguo del que se tiene constancia puesto que fue concedido en el año 974 por el Conde de Castilla García Fernández.

Características de los fueros municipales

Los fueros municipales suele tener un carácter eminentemente urbano, aunque algunos conservaron su carácter rural, como es el caso del Fuero de la Novenera, concedido a cinco localidades navarras (Artajona, Larraga, Berbinzana, Mendigorría y Miranda de Arga) en la segunda mitad del S. XII. Estaba compuesto por trescientos diecisiete capítulos en los que se recogían privilegios fiscales, políticos y militares. Su contenido está principalmente dirigido a los labradores y el derecho que recoge es bastante primitivo. Su nombre proviene de una disposición que recoge la exención del pago de la novena parte de los frutos debido al rey una vez descontado el diezmo eclesiástico (Esta novena parte da nombre al fuero).

Costums en Cataluña

Ya indicamos en su momento que los Fueros reciben el nombre de Costums en Cataluña. El Localismo jurídico va a ser un fenómeno tardío en Cataluña (no aparece hasta la segunda mitad del S. XII) pero, tal y como apuntaba Tomás y Valiente, espléndido. De todos los textos destacan las Costumbres de Lérida (1228), las de Perpiñán (1251), las de Tolosa (1279) o las de Gerona (S. XV). Sin embargo, el Derecho local catalán más conocido es el de Barcelona, que se materializó en el Recognoverunt Proceres, privilegio concedido por Pedro II en 1284, que supuso la consolidación definitiva del régimen municipal barcelonés.

Transformación de fueros breves

Muchos Fueros breves acabaron convirtiéndose en extensos. Así, por ejemplo, el Fuero de Tudela, concedido en 1117 por Alfonso I del Batallador, acabó transformándose en un fuero extenso.

Influencia del Liber Iudiciorum

En algunos fueros municipales se deja ver la influencia del Liber Iudiciorum. Así, se tuvo muy presente para la elaboración del fuero de Soria (1256) y del Fuero Real (1254). Es más, el Fuero Juzgo, versión romance del Liber Iudiciorum, fue concedido como fuero municipal a varias ciudades meridionales de la Península: Córdoba (1241), Cartagena (1246), Sevilla (1250), Alicante (1252), Orihuela (1265) y Murcia (1266).

Fuero de Madrid

Madrid se reconquista en torno al año 1083, pero durante casi un siglo será un territorio de frontera, en un primer momento dependiente de Toledo, aplicándose el Fuero de Toledo de 1118, concedido por Alfonso VII. Una de las curiosidades de este fuero es que fue dado por el concejo madrileño, siendo confirmado en 1202 por Alfonso VIII.

Entradas relacionadas: