Funcionamiento del Congreso: Requisitos, Prerrogativas y Acusación Constitucional
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El Congreso Nacional: Estructura y Funciones
Composición del Poder Legislativo
- Cámara Baja: Diputados (Dipu)
- Cámara Alta: Senadores (Sena)
Requisitos para ser Parlamentario
Diputados
- Ser ciudadano.
- Tener enseñanza media completa.
- Tener 21 años cumplidos.
- Tener residencia en el distrito electoral.
Senadores
- Ser ciudadano.
- Tener enseñanza media completa.
- Tener 35 años cumplidos.
- No se exige requisito de residencia en la circunscripción.
Nota: Los parlamentarios pueden ser reelegidos indefinidamente.
Garantías y Prerrogativas Parlamentarias
Los miembros del Congreso gozan de dos garantías fundamentales para asegurar la libertad de conciencia y expresión:
- Privilegios (Inviolabilidad Parlamentaria): Garantizan la plena libertad de conciencia y expresión en sus sesiones.
- Fuero: Establece que no pueden ser privados de libertad ni acusados, a menos que se trate de un delito flagrante. La autorización para proceder con la acusación debe ser otorgada por la Corte de Apelaciones.
Función Fiscalizadora y Acusación Constitucional
Función Fiscalizadora de la Cámara de Diputados
La Cámara de Diputados fiscaliza los actos del Poder Ejecutivo mediante:
- Citación a Ministros: Requiere el acuerdo de un tercio (1/3) de los diputados.
- Solicitud de Antecedentes: Petición de informes y solicitudes.
- Creación de Comisiones Investigadoras: Requiere el acuerdo de dos quintos (2/5) de los diputados en ejercicio. Estas comisiones tienen facultades para despachar citaciones y solicitar antecedentes.
Mecanismo de Acusación Constitucional
La Cámara de Diputados formula la acusación, y el Senado actúa como jurado, declarando si el acusado es o no culpable.
Sujetos y Causales de Acusación
El plazo para interponer la acusación es de 6 meses desde ocurrido el hecho (para el Presidente) o 3 meses (para otros funcionarios). Requiere el quorum de mayoría simple de los Diputados.
Funcionarios Acusables y Causales
- Presidente de la República: Comprometer gravemente el honor o la seguridad de la nación; infringir abiertamente la Constitución (hasta 6 meses después del hecho).
- Ministros de Estado: Comprometer el honor y seguridad; infringir la Constitución; delitos de malversación de fondos, soborno y traición.
- Magistrados de Tribunales Superiores de Justicia y Contralor General: Abandono de deberes.
- Generales de las Fuerzas Armadas (FFAA): Comprometer gravemente el honor o la seguridad de la nación.
- Delegados y Autoridades en Territorios Especiales: Infracción a la Constitución, traición, sedición y malversación de fondos públicos.
Definiciones de Delitos Específicos
- Traición: Ruptura del deber constitucional.
- Concusión: Exigencias o exageraciones ilegales por parte de un funcionario público.
- Soborno: Obtención de beneficios, dinero o derechos para sí o para terceros a cambio de un acto funcional.
- Sedición: Levantamiento o golpe de Estado.
El Proceso de Formación de la Ley
Nota Legal: En materia de ley, el artículo 20 anula al 63 por su generalismo (dependiendo del cuerpo normativo específico).
Etapas de la Tramitación Legislativa
- Iniciativa: Presentación del proyecto.
- Trámite 1 (T1): Discusión y aprobación en la Cámara de Origen.
- Trámite 2 (T2): Revisión y modificación en la Cámara Revisora.
- Trámite 3 (T3): Etapa final de conciliación.
- Presidente de la República: Sanción, Promulgación y Publicación.
Iniciativa de Ley
Los proyectos de ley pueden originarse de dos maneras:
- Mensaje: Iniciativa presentada por el Presidente de la República. El Presidente puede presentar el proyecto ante cualquiera de las dos Cámaras.
- Mociones: Iniciativa presentada por miembros del Parlamento (Diputados o Senadores). Si la moción es de un Diputado, se presenta en la Cámara de Diputados; si es de un Senador, en el Senado.
La Comisión Mixta
La Comisión Mixta se forma con igual cantidad de Diputados y Senadores cuando surgen discrepancias insalvables. Esto ocurre si:
- La Cámara de Origen aprueba el proyecto (T1) y la Cámara Revisora lo rechaza (T2).
- Se realizan modificaciones en la Cámara Revisora, y la Cámara de Origen las rechaza.
Si la Comisión Mixta no logra acuerdo, el Presidente puede insistir ante la Cámara de Origen.