Funcionamiento de cuentas bancarias y cheques: conceptos clave

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Funcionamiento de las cuentas bancarias

Se divide en 3 partes: debe, haber y saldo.

Los abonos son anotaciones en el haber de las operaciones a favor del cliente. Abonar es creditar, es registrar un abono en el haber de la cuenta. Cargos son anotaciones en el debe de la cuenta de las operaciones contra el cliente. Cargar es registrar un cargo en el debe de la cuenta. Ingresos son entregas de dinero en efectivo que realiza el titular para ser abonadas en su cuenta. Los reintegros son extracciones de dinero en efectivo que hace el titular y son adeudadas en su cuenta.

Cancelación de cuentas

Significa la interrupción definitiva de las relaciones que la entidad bancaria mantenía con el cliente. La entidad bancaria la cancela automáticamente cuando ha fallecido el titular de la cuenta, disolución de la persona jurídica titular de la cuenta, declaración de quiebra.

Cuentas corrientes a la vista

Es un contrato de depósito de dinero entre una entidad bancaria y un particular donde el titular de la cuenta realiza ingresos de fondos y la entidad está obligada a custodiarlos poniéndolos a disposición del cliente cuando este lo necesite, realizar los pagos y pagar el tipo de interés que se haya puesto. Las características son la disponibilidad de los fondos sin previos aviso, disposición instrumentada mediante cheques, rentabilidad de los fondos con intereses de baja cuantía, las anotaciones de las operaciones realizadas en la cuenta se recogen en extractos bancarios. Los derechos y obligaciones hacia el cliente que se desprenden de las condiciones generales y específicas de la cuenta corriente.

El cheque

Es el documento que contiene una orden incondicionada de su librador a una entidad bancaria de pagar a la vista a su tenedor por una cantidad determinada. Derechos: disponer del saldo de la cuenta, realizar transferencias de pago y abono, librar contra su saldo acreedor y domiciliar pagos de facturas, efectos y recibos. Obligaciones: no girar ni ordenar operaciones al descubierto, pagar los gastos y comisiones por los servicios que ordene a la entidad acordes con las tarifas y comisiones, comunicar los cambios de domicilio.

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