Funcionamiento del PORN, PRUG y Servicios Ecosistémicos

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Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN)

El PORN contempla los siguientes puntos fundamentales:

  1. Delimitación del territorio y descripción de sus principales características.
  2. Establecimiento de criterios para su conservación, protección, restauración y uso sostenible.
  3. Diagnóstico del estado de conservación en que se encuentra.
  4. Determinación de limitaciones con especificación de zonas.
  5. Aplicar regímenes de protección.
  6. Establecimiento de criterios de referencia orientadores en la formulación y ejecución de diversas políticas sectoriales.
  7. Identificación de medidas para garantizar la conectividad ecológica en el ámbito territorial objeto de ordenación.
  8. Memoria económica acerca de los costes e instrumentos financieros previstos para su aplicación.

Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG)

El PRUG se define a través de:

  1. Las normas, objetivos, líneas de actuación y criterios generales de uso y ordenación del parque.
  2. Zonificación del parque.
  3. Actuaciones precisas para la consecución de los objetivos del parque.
  4. Relación entre las actividades compatibles y no compatibles con su conservación y gestión.
  5. Criterios para la supresión de las formaciones vegetales exóticas presentes en el interior del parque nacional.
  6. Medidas de integración y coordinación con las actuaciones que pudieran desarrollarse en el interior del parque nacional por otras administraciones públicas.
  7. Medidas de prevención frente a actividades incompatibles que se desarrollen en el exterior del parque y de previsión de catástrofes naturales o derivadas de la actividad humana.

Servicios Ecosistémicos

Se identifican tres tipos principales de servicios:

  • Servicios de abastecimiento: Agua dulce (Ejemplo: captación de agua dulce para abastecimiento).
  • Servicios de regulación: Aire (Ejemplo: control de emisiones de gases contaminantes).
  • Servicios culturales: Educación ambiental (Ejemplo: equipamientos destinados a educación ambiental).

Uso Público

El uso público se define como el conjunto de programas, servicios, actividades y equipamientos que deben ser provistos por la administración del espacio protegido con la finalidad de acercar a los visitantes a los valores naturales y culturales de este. Su objetivo es garantizar la conservación, la comprensión y el aprecio de tales valores a través de la información, la educación y la interpretación.

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