Funciones y estructura de la Administración General del Estado

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Órganos centrales y territoriales

Cuya competencia se extiende a todo el territorio nacional (Gobierno)  Administración Central del Estado

Órganos territoriales

Su competencia comprende únicamente una parte del territorio (Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y Subdelegados del Gobierno en las provincias)  Administración Territorial del Estado

Administración General del Estado en el exterior

Representan a España ante otros estados y organismos internacionales (embajadas, representaciones permanentes, etc.)

Administración institucional

También denominada “administración instrumental” al estar integrada en su mayoría por entes instrumentales que sirven para realizar una serie de actuaciones concretas. Suelen ser entes públicos menores de carácter no territorial. Los más importantes son los organismos públicos, que pueden ser organismos autónomos o entidades públicas empresariales

Órganos de apoyo

Que complementan la actividad realizada por la Administración General del Estado desempeñando funciones complementarias:

Órganos consultivos (Administración Consultiva)

Consejo de Estado y Consejo Económico y Social

Órganos de control (financiero) de la Administración (órganos fiscalizadores)

Tribunal de Cuentas y la Intervención General de la Administración de Estado (IGAE)

Funciones del Presidente del Gobierno

  • Representar el gobierno.
  • Establecer el político del gobierno y determinar las directrices de la política interior y exterior y velar por su cumplimiento.
  • Convocar, presidir y fijar el orden del día de las reuniones del consejo de ministros.
  • Refrendar, en su caso, los actos del rey y someterle, para su sanción, las leyes y demás normas con rango de ley.
  • Proponer al rey el nombramiento y separación de los vicepresidentes y de los ministros.
  • Impartir instrucciones a los demás miembros del gobierno.

Administración General del Estado en el exterior

Encargada de planificar, dirigir, ejecutar y evaluar la actividad del Estado en otros países y organismos internacionales. Su regulación se enmarca dentro de la Ley de Acción del Servicio Exterior del Estado10, que confiere un papel relevante a los embajadores al depender y coordinar estos órganos de acción exterior.

Instituciones y órganos que forman parte del Estado en el exterior

  • Misiones Diplomáticas Permanentes ante Estados (embajadas)
  • Misiones Diplomáticas Especiales
  • Representaciones Permanentes
  • Delegaciones
  • Oficinas Consulares (consulados)
  • Instituciones y Organismos Públicos de la Administración General del Estado en el exterior

Los embajadores y los representantes permanentes ante organizaciones internacionales son órganos directivos que representan a España en el Estado u organización internacional ante los que están acreditados; dirigen la Administración General del Estado en el exterior y coordinan la actividad de los órganos y unidades administrativas que la integran.

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