Fundamentos y Alcances de la Jurisdicción en el Derecho Procesal

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Jurisdicción: Definición y Marco Constitucional

El artículo 76 de la Constitución señala que la facultad de conocer las causas civiles y criminales, de juzgarlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley (ejemplo: el Senado).

Origen de la actividad jurisdiccional

La actividad jurisdiccional surge al momento de existir un conflicto de relevancia jurídica; es decir, cuando una persona o la ley exige la ejecución de un hecho o su abstención, y la contraparte se resiste o quebranta la norma. Este conflicto requiere una solución adecuada con el objetivo de mantener la paz social.

  • Hechos indisponibles: Cuando se trata de crímenes o delitos, la solución se aplica en virtud de la ley.
  • Derechos de interés privado: Cuando se trata de derechos renunciables, se puede llegar a una solución mediante la autocomposición (ejemplo: la transacción y el avenimiento).

Acepciones de la Jurisdicción

Se distinguen tres acepciones principales:

  1. Territorial: Referida al territorio de competencia (ejemplo: territorio de un notario).
  2. Poder: Entendido como el poder jurisdiccional.
  3. Función: Referida a la función jurisdiccional propiamente tal.

Definición de Jurisdicción

La jurisdicción es el poder que tienen los tribunales y jueces para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.

Concepto según Eduardo Couture

Para Eduardo Couture, la jurisdicción es una función pública realizada por el órgano competente del Estado con las formas requeridas por la ley, en virtud de la cual, por acto de juicio, se determina el derecho de las partes con el objeto de resolver un conflicto de relevancia jurídica mediante decisiones eventualmente revestidas de la autoridad de cosa juzgada y coercibles.

Consideraciones sobre el órgano jurisdiccional

  • El órgano que la ejerce puede estar dentro o fuera de la organización del Poder Judicial (ejemplo: el Presidente, el Tribunal Constitucional o el Senado).
  • Para que el órgano sea competente, debe estar señalado expresamente en la ley.
  • Principio de legalidad: Se traduce en formas predeterminadas y procedimientos regulados por el legislador.

Clasificación de los Árbitros

La ley reconoce tres clases de árbitros:

  • Árbitro de derecho: Tramita y falla conforme al derecho.
  • Árbitro arbitrador: Tramita conforme a las normas de procedimiento que las partes le otorgan (las partes eligen bajo qué normas someterse).

El Acto de Juicio

La función jurisdiccional debe ser consecuencia de un determinado raciocinio que está sometido a fiscalización. La sentencia es un raciocinio que puede ser impugnado, por ejemplo, a través de la apelación.

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