Fundamentos y Clasificación del Acto Administrativo en la Gestión Pública
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Acto Administrativo
El acto administrativo se define como el acto jurídico de voluntad, de juicio, de conocimiento o deseo dictado por la Administración Pública en el ejercicio de una potestad administrativa, distinta de la potestad reglamentaria.
Asimismo, se entiende como toda declaración unilateral de voluntad realizada en el ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales de forma inmediata.
Naturaleza y Documentación
Los documentos administrativos son el soporte en el que se materializan los distintos actos de la Administración Pública (AP); es decir, constituyen la forma externa de dichos actos. Ejemplos: certificados de empadronamiento, concesión o denegación de jubilaciones.
El acto administrativo es, en esencia, una manifestación del poder administrativo.
Características Principales
- Decisión singular: Se adopta en vía de decisión singular, a diferencia del acto del legislador o de la Administración que posee carácter general (ley o reglamento).
- Declaración de voluntad: Se considera una declaración de voluntad para descartar actividades de la administración que no sean emanaciones directas de la voluntad estatal.
- Imposición unilateral: Es una imposición unilateral, imperativa y con consecuencias jurídicas para el destinatario. Al ser un ejercicio de la función administrativa, se excluyen las funciones judiciales y legislativas.
Funciones Fundamentales
- Constancia: Asegura la supervivencia de las acciones administrativas, garantizando la conservación de los datos, la posibilidad de demostrar su existencia, sus efectos y posibles errores, así como el derecho de los ciudadanos a acceder a los mismos.
- Comunicación: Sirven como medio de comunicación hacia los ciudadanos sobre los actos de la administración, tanto interna como externa.
Clasificación de los Actos Administrativos
- Decisión: Contiene la declaración de voluntad de un órgano administrativo (ej. resoluciones, acuerdos).
- Transmisión: Comunican la existencia de hechos y actos (ej. comunicaciones, publicaciones).
- Constancia: Conocimiento que acredita los actos (ej. actas, certificados, acto presunto, certificaciones).
- Juicio: Declaración de juicio objeto de procedimiento administrativo (ej. informes).
- Ciudadanos: Instrumentos de relación entre los ciudadanos y la administración (ej. solicitudes, denuncias, alegaciones, recursos).