Fundamentos del Common Law y el Sistema de Precedentes Obligatorios
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Esencia y Funcionamiento del Common Law
El Common Law es un sistema jurídico que esencialmente se basa en el estudio de lo resuelto por autoridades jurisdiccionales en las sentencias, fallos y pronunciamientos. La norma no es solo lo que el texto de la ley establece; en el Common Law, a veces es más importante el sentido con que los jueces aplican las normas jurídicas.
Las normas, por ser escuetas, muchas veces no son precisas en cuanto a sus alcances. Se espera que los jueces, a través de la práctica jurisdiccional, puedan establecer los alcances, interpretaciones e incluso una especie de reglamentación de cómo se aplican las normas. En el Common Law, se induce la norma a través de la lectura de los fallos uniformes de los jueces, y hasta es posible la creación de normas jurídicas.
El Principio de Stare Decisis y la Legal Rule
En el Stare decisis (estar a lo decidido, no conmover lo que está firme), se establece un sistema que surge como respuesta práctica ante los casos concretos. Frente al caso surge la necesidad de una solución, de que exista un orden, y ese orden social generará las respuestas, dado que solo hay que buscarlas en la costumbre.
El caso concreto le permite al juez generar la legal rule. La ley no impone un orden porque el orden ya existe; de la realidad extraída surge la legal rule. Si un juez encontró que para determinar un caso corresponde tal regla, en un caso análogo aplicará la misma. Se va generando así un cuerpo de legal rules y la costumbre, poco a poco, irá quedando cada vez más lejos.
Este sistema se identifica como precedente obligatorio, el cual quedó establecido en la legal rule. Estas reglas irán nutriendo un cuerpo de derecho en la medida en que va absorbiendo la competencia de las cortes.
El Acceso a la Justicia Real: El Sistema de Writs
Para acceder a los tribunales reales, el rey decidía conceder su justicia emitiendo un escrito; era una carta dirigida a un magistrado ordenándole actuar. Esta carta se conocía como WRIT. Si el súbdito no obtenía el writ, no accedía a la justicia del rey.
La práctica habitual fue que el rey emitía writs para casos donde ya se había pronunciado anteriormente. Así van tomando forma ciertas acciones a través de un sistema de writs, asegurando que este fuera el instrumento que se necesitaba para alcanzar el fin buscado. Esto genera, en consecuencia, un sistema de formas de acción.