Fundamentos del Derecho, la Justicia y las Formas de Democracia

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1. Concepto General del Derecho

El Derecho es un sistema o conjunto de normas reguladoras de algunos comportamientos humanos en una determinada sociedad. Establece mediante normas el cauce y el modo en que deben discurrir las relaciones sociales, así como la reacción colectiva frente a comportamientos inadecuados. Constituye, por lo tanto, uno de los medios fundamentales de control social.

2. Clasificaciones Principales del Derecho

Derecho Público

El Derecho público se caracteriza porque en él existe un ejercicio de poder del Estado. Sus normas van dirigidas a regular la organización y actividad del Estado y demás entes públicos, así como sus relaciones, en calidad de tales entes públicos, con los particulares.

Derecho Privado

El Derecho privado regula las relaciones entre particulares, es decir, aquellas en las que ninguna de las partes actúa revestida de poder estatal. En este ámbito no se centra de manera exclusiva en la imposición de leyes, sino que se fundamenta en valores para orientar la actuación de los individuos.

Derecho Natural

El Derecho natural comprende las normas no escritas adecuadas a los derechos originarios del hombre. Expresa un orden natural del universo y del propio ser humano. Considera universales e inmutables los derechos que, al ser atribuibles a la naturaleza humana, pueden o deben servir de referencia y orientación para el Derecho positivo.

Derecho Positivo

El Derecho positivo es el conjunto de leyes en vigor en una sociedad según la voluntad del legislador. De acuerdo con el positivismo jurídico, el Derecho no es sino un conjunto de normas que debe ser estudiado prescindiendo de contaminaciones éticas o sociológicas.

3. La Justicia

La Justicia se puede considerar desde tres ángulos fundamentales: moral, social y jurídico-político. El criterio de la justicia opera como articulación o ligamento normativo entre los momentos que constituyen al ser humano en cuanto ser sensible y racional, entre las partes que son miembros de una sociedad civil y el Estado como sistema jurídico-político.

4. El Estado de Derecho

Las exigencias imprescindibles de un Estado de derecho son:

  • Imperio de la ley
  • Separación de poderes
  • Legalidad de la administración
  • Garantía de derechos y libertades fundamentales
  • Realización efectiva de la justicia

El Estado de derecho, como forma de organización de la vida social y política, viene exigido racionalmente; es decir, en virtud de la condición racional del ser humano.

5. Modelos de Democracia

La democracia establece una relación especial entre el poder y el pueblo. Significa propiamente gobierno del pueblo, lo cual no equivale meramente a gobernar para el pueblo, pues es posible gobernar para el pueblo sin respetar los contenidos y valores democráticos y sin ajustarse a procedimientos democráticos. La democracia se opone de manera radical y total a la autocracia.

Democracia Directa

La democracia directa consiste en que son todos los ciudadanos, reunidos en asamblea, quienes ejercen directamente los poderes y las funciones del Estado y del gobierno. Esta modalidad solo resulta viable en comunidades sociales pequeñas y sencillas. Se reconoce en Jean-Jacques Rousseau al principal defensor histórico de este modelo.

Democracia Representativa

La democracia representativa consiste en que la voluntad del cuerpo de electores es representada mediante el parlamento y a través de los diferentes órganos representativos. Sus rasgos clave incluyen:

  • Los representantes están obligados a ejecutar la voluntad de los representados.
  • Son responsables ante el cuerpo electoral, el cual conserva la facultad de retirarles la confianza y revocar su carácter de representantes.
  • El sistema electoral desempeña un papel estructural fundamental.
  • Requiere de una participación ciudadana activa y constante.

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