Fundamentos del Derecho Laboral y Derechos del Trabajador

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Derecho Laboral

Definición: Rama del derecho que regula las relaciones entre trabajadores y empleadores. Su objetivo principal es proteger al trabajador porque existe una desigualdad de poder entre ambas partes.

Funciones

  • Informadora: Orienta la creación de normas laborales.
  • Normativa: Establece reglas obligatorias.
  • Interpretativa: Ayuda a interpretar las leyes laborales.

Sujetos

  • Trabajador: Persona que presta servicios para otra bajo relación de dependencia y recibe órdenes.
  • Empleador: Persona o empresa que dirige el trabajo y posee el poder de mando.

Tipos de Contrato de Trabajo

  1. Por tiempo indeterminado (Empleado Fijo): No tiene tiempo de finalización.
  2. A plazo fijo: Tiene una fecha de finalización determinada.
  3. A tiempo parcial (menos horas): Ejemplo: centros de atención telefónica.
  4. De temporada: Se repite cada año y se guarda el puesto de trabajo. Ejemplo: Extranjeros que vienen a cultivar uvas en Mendoza.
  5. Eventual: De una sola vez u ocasión.
  • Personal: Una persona trabaja únicamente para el empleador.
  • Pasantía: De carácter educativo y formativo. El empleador no tiene obligación de dar remuneración, pero puede hacerlo en caso de que lo desee.

Licencias

Licencias Generales

Permisos otorgados por diferentes razones:

  • Matrimonio: 10 días (paga).
  • Fallecimiento (cónyuge, conviviente, hijo o padre): 3 días.
  • Fallecimiento (hermano): 1 día (pueden ser 3 si se negocia con el empleador).
  • Nacimiento de hijo (padre): Parto natural (2 días) y cesárea (7 días).
  • Examen: 2 días con presentación de certificado.

Licencias Anuales

Descanso (vacaciones): Depende de la antigüedad (tiempo que lleva el empleado trabajando para el empleador). El período empieza y termina un lunes.

  • Menos de 5 años: 14 días (a partir de los 6 meses de trabajo).
  • 5 a 10 años: 21 días.
  • 10 a 20 años: 28 días.
  • Más de 20 años: 35 días.

Otros tipos de licencias

  • Maternidad.
  • Enfermedad inculpable: De 3 a 6 meses paga (con certificado). Después se guarda el puesto durante un año, pero sin goce de sueldo.
  • Fines adoptivos: Días destinados a trámites legales.

Derecho Laboral en Mujeres y Niños

Trabajo de Mujeres

Cuenta con protección especial. La mujer puede celebrar cualquier tipo de contrato lícito, pero no puede realizar trabajos forzosos o insalubres (ejemplo: minas). Debe percibir la misma remuneración que el hombre.

Derechos de las Mujeres

  • Igualdad salarial: Igual remuneración por igual tarea.
  • Licencia por maternidad: 45 días antes y 45 después del parto (se pueden acumular días previos para el postparto).
  • Estabilidad laboral por embarazo: Se prohíbe el despido durante la gestación y hasta un año después del parto (con certificado).
  • Excedencia: Derecho a continuar la licencia hasta 6 meses sin pago.
  • Descanso por lactancia: 1 hora diaria durante un año.
  • Permisos por estudios ginecológicos: Día femenino (una vez al año).

Trabajo Infantil

Regulación del trabajo de menores de edad. La habilitación general es a partir de los 18 años, con las siguientes excepciones:

  • A partir de los 14 años: Únicamente en empresa familiar.
  • A partir de los 16 años: Con autorización de los padres o emancipación.
  • Condiciones: Jornada reducida (máximo 6 horas), turno diurno únicamente (6:00 a.m. a 8:00 p.m.).
  • Prohibiciones: Trabajo nocturno, peligroso o insalubre.
  • Garantías: Igual remuneración por igual trabajo y educación asegurada.

Finalización del Contrato de Trabajo

  • Renuncia.
  • Despido:
    • Con justa causa: Sin derecho a indemnización.
    • Sin justa causa: Con derecho a indemnización.
  • Finalización del contrato por tiempo determinado.
  • Muerte del empleador: En contratos de carácter personal (ejemplo: asistente).
  • Muerte del empleado.
  • Jubilación del empleado:
    • Hombres: 65 años.
    • Mujeres: 60 años.
    • Aportes: 30 años de aporte. Existe la jubilación anticipada o moratoria (pago de años faltantes).

Seguridad Social

Protección frente a situaciones de vulnerabilidad:

  • AUH (Asignación Universal por Hijo): Hasta 5 hijos para padres desempleados o no registrados.
  • SUAF: Asignación para padres registrados (el monto es inversamente proporcional a los ingresos).
  • Requisitos: Garantizar educación, salud y DNI actualizado del niño.
  • Jubilación o pensión: Contributiva y no contributiva (por discapacidad).
  • Asignación por embarazo: Para mujeres no registradas (desde los 3 meses de gestación).
  • Seguro de desempleo: Cobertura de 6 meses a 1 año.

Artículos de la Ley de Contrato de Trabajo

El contrato de trabajo se rige por la Ley, estatutos colectivos, leyes profesionales y la voluntad de las partes. Se aplica a todo trabajador en relación de dependencia, exceptuando empleados públicos y servicio doméstico.

  • Art. 14: Garantiza derechos generales a todos los habitantes (trabajar, comerciar, peticionar).
  • Art. 14 bis: Protección específica al trabajador (salario mínimo, jornada limitada, vacaciones, derecho de huelga y seguridad social).
  • Art. 4 - Concepto de trabajo: Actividad lícita a favor de un empleador por una remuneración.
  • Art. 5 - Empresa y Empresario: Define la empresa como medios materiales e inmateriales, y al empresario como quien la dirige.
  • Art. 7: Prohíbe pactar condiciones menos favorables para el trabajador que las legales.
  • Art. 10 - Conservación del contrato: En caso de duda, se opta por la continuidad del vínculo laboral.
  • Art. 12: Nulidad de cualquier contrato que suprima derechos.
  • Art. 18: Prohibición de discriminación (sexo, raza, religión, etc.).
  • Art. 20: Reconocimiento de la antigüedad ante cambios de cargo.
  • Art. 23 y 25: Presunción de la existencia de contrato ante la prestación de servicios.

Principios del Derecho Laboral

1) Principio Protectorio

  • In dubio pro-operario: En caso de duda interpretativa, se favorece al trabajador.
  • Norma más favorable: Se aplica la norma más beneficiosa entre varias vigentes.
  • Condición más beneficiosa: Respeto a los derechos adquiridos que superen el mínimo legal.

2) Principio de Irrenunciabilidad

El trabajador no puede renunciar a sus derechos básicos; cualquier acuerdo en ese sentido es nulo de pleno derecho.

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