Fundamentos del Derecho Laboral: Principios, Poderes y Tipos de Contrato
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Principios del Derecho del Trabajo
Las normas pueden hacer muy difícil su interpretación y aplicación; por ello, hacen falta ciertos criterios que permitan resolver posibles conflictos. La base de los principios es el objetivo de proteger y beneficiar al trabajador.
- Principio de norma más favorable: Se aplica la norma que resulte más ventajosa para el empleado.
- Principio de condición más beneficiosa: Los beneficios que uno o varios trabajadores hayan podido conseguir a través del contrato deben ser respetados.
- Principio in dubio pro operario: En caso de duda en la interpretación de una norma, debe aplicarse la más beneficiosa al trabajador.
- Principio de irrenunciabilidad de derechos: Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos laborales que les reconozcan las leyes.
Los poderes del empresario
- El poder de dirección: Es la facultad para dictar órdenes sobre el modo, lugar y tiempo de ejecución del trabajo.
- El poder disciplinario: Es la facultad del empresario para sancionar a los trabajadores cuando incumplen sus deberes laborales.
El período de prueba
Este período permite al empresario verificar la aptitud profesional del trabajador. Es libremente concertado entre el trabajador y el empresario; mientras dure, se puede dar por terminada la relación laboral sin necesidad de alegar causa, dar preaviso o indemnizar.
- Forma: Debe constar por escrito.
- Duración máxima: No más de 6 meses para los técnicos con titulación; 2 meses para los demás trabajadores; y 3 meses en empresas de menos de 25 trabajadores.
- Ausencia de efectos: Cualquiera de las dos partes puede poner fin a la relación laboral.
Contrato de trabajo en prácticas
Sirve para facilitar la obtención de experiencia profesional adecuada al nivel de estudios de los trabajadores. Se celebra con trabajadores que poseen titulación universitaria o de Formación Profesional (FP).
Contrato de interinidad
Es un contrato temporal originado por la necesidad de sustituir a un trabajador con derecho a la reserva de su puesto de trabajo o para cubrir provisionalmente un puesto de trabajo hasta que dure el proceso de selección definitiva.
- Duración: Hasta que el trabajador sustituido regrese a su puesto o pase el plazo de incorporación. También hasta que termine el proceso de selección (no más de 3 meses).
- Jornada: Parcial o total, según la que tuviera el trabajador sustituido.
- Salario: El que corresponda según su categoría o grupo profesional.
- Forma: Por escrito.
- Indemnización: No tiene derecho a la indemnización a su finalización.