Fundamentos del Derecho Natural y la Estructura de la Norma Jurídica

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Fundamentos del Derecho Natural y la Institucionalización de los Derechos

El Derecho natural establece que los derechos aparecen a través de instituciones para defender las prerrogativas previstas. Existen sistemas en los que no ha existido una decisión voluntaria de los hombres, sino que una respuesta divina es la que constituye el sistema de valores. El ser humano ha de organizarse por leyes naturales; históricamente, los humanos han buscado crear leyes a partir de una divinidad. Los mandamientos se consideran la palabra de Dios y no son objeto de discusión por nadie.

La Relación entre Naturaleza, Justicia y Validez

La naturaleza contiene los conceptos de justicia, verdad y validez, donde se encuentran las leyes y los derechos naturales. Existe una relación directa entre la naturaleza y la justicia: lo natural es lo justo. Bajo esta premisa, el sistema herético puede parecer justo, pero no lo es, ya que no posee derechos naturales; por lo tanto, no es derecho. Obedecemos por una razón de derecho natural (porque debe ser así) o por una vertiente positivista (porque la ley es la ley).

Metafísica del Ser y el Sistema Jurídico

El ser se define como una esencia metafísica, ya que no solo constituye una pretensión, sino que es una esencia que debe ser. Existe una interpretación restrictiva y un dualismo sostenido por una élite cultural religiosa. El sistema jurídico es un conjunto de normas que pertenecen al sistema; una norma es jurídica porque pertenece a un sistema jurídico y no necesariamente porque tenga un contenido jurídico intrínseco. Cabe destacar que una norma puede ser sancionatoria y no ser jurídica.

La Estructura de la Norma según Hans Kelsen

La lógica normativa se articula bajo la premisa: "Si H es, debe ser S".

  • H: Representa el supuesto ficticio (hecho imponible o conducta).
  • S: Es la sanción o consecuencia jurídica de carácter negativo que debe imponerse al sujeto responsable de dicho supuesto.

Por tanto, si sucede un acto H, se debe imponer una sanción S al sujeto responsable. Todas las normas jurídicas serían coactivas al incorporar en sí mismas una sanción como respuesta al acto ficticio. Esta conexión entre el hecho y la sanción es una conexión del DEBER.

Dualidad de las Normas: Primarias y Secundarias

El concepto de "norma jurídica" se despliega, según Kelsen, en dos normas conectadas:

  1. La norma secundaria: Es la que va dirigida al destinatario habitual, el ciudadano.
  2. La norma primaria: Entra en funcionamiento cuando la secundaria no ha sido suficiente; es decir, si el ciudadano no cumple su deber.

Validez y Visiones de la Ley Natural

Respecto a la validez, teniendo en cuenta que existe una ley natural y una ley humana, si la ley humana incorpora leyes naturales, hay derecho; de no ser así, no es verdadero derecho. La naturaleza presenta dos visiones fundamentales:

  • Visión inmanente: Donde la naturaleza es interna al ser.
  • Visión trascendente: Que proviene de las Sagradas Escrituras.

En este sentido, la ley natural proviene de las Sagradas Escrituras y deriva en la ley positiva, la cual debe poseer un contenido de justicia.

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