Fundamentos del Derecho Penal: Conceptos, Garantías y Teoría del Delito

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1. Fundamentos de la Ley Penal

  • Definición de Ley Penal: Es la disposición del ordenamiento jurídico que prohíbe a las personas una determinada acción u omisión bajo la amenaza de infligirles un mal denominado pena.
  • Partes de la Ley Penal:
    • Precepto: Presupuesto constituido por la hipótesis de hecho formulada por el legislador.
    • Sanción: Consecuencia constituida por el señalamiento del mal que debe infligirse a quien realice la hipótesis del hecho.
  • Finalidad: Incriminar determinadas conductas a efecto de que no puedan realizarse impunemente.
  • Definición de Ley: Declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite.
  • Fuentes de producción: Ley, analogía y costumbre.
  • Vigencia: La ley penal nace con su promulgación y muere al ser derogada por otra ley.
  • Publicación: Acto de llevar a conocimiento general de los ciudadanos un texto legal mediante el Diario Oficial La Gaceta.

2. Garantías Constitucionales en el Derecho Penal

  • Garantía criminal: No hay delito sin ley.
  • Garantía judicial: Solo después de ser condenado por un juez o tribunal competente se puede aplicar una pena.
  • Garantía penal: No se pueden imponer más penas que las establecidas por la ley para cada delito.
  • Analogía: Aplicación a un caso no previsto en la ley de una norma extraída de la misma o del ordenamiento jurídico.
  • Jurisprudencia: Conjunto de resoluciones dictadas por los tribunales.

3. Teoría del Delito y sus Elementos

Formas de aparición del delito

  • Según la manifestación de la resolución delictiva: Proposición y conspiración (acuerdo de dos o más personas para cometer un delito).
  • Según el grado de ejecución:
    • Tentativa: Grado de ejecución incompleto.
    • Consumación: Grado de ejecución completo.
  • Según la participación: Autoría y complicidad.

Conceptos clave

  • Objeto del delito: Persona, animal o cosa sobre la que recae la acción delictiva.
  • Tipicidad: Existe siempre que la acción pueda ser subsumida en uno de los tipos penales.
  • Sujetos: Las cosas y animales no pueden ser sujetos activos ni pasivos.
  • Elementos accidentales: Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal (atenuantes y agravantes) que pueden faltar sin que desaparezca el delito.

4. Culpabilidad y Responsabilidad

  • Causas de inculpabilidad: Miedo insuperable, error y prescripción del delito.
  • Culpabilidad: Relación reprochable entre el autor y el hecho cometido.
  • Dolo: Forma más grave de culpabilidad. El elemento volitivo consiste en querer o al menos consentir el resultado antijurídico. El dolo excluye la culpa.
  • Delito doloso vs. imprudente: En el doloso, el resultado responde a la intención o conocimiento del autor; en el imprudente, el resultado es consecuencia de un descuido evitable.
  • Acción punible: Aquella que está conminada con una pena.

Eximentes y Requisitos

  • Legítima defensa: La defensa propia frente a un extraño requiere que el defensor no sea impulsado por venganza, resentimiento u otro motivo ilegítimo.
  • Estado de necesidad:
    1. Que el mal causado no sea mayor que el que se trata de evitar.
    2. Que la situación no haya sido provocada intencionalmente.
    3. Que el necesitado no tenga obligación de sacrificarse por su oficio o cargo.
  • Requisitos de la culpa: Autor imputable, actuación a título de dolo o imprudencia y ausencia de causas de inculpabilidad.

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