Fundamentos Legales de los Contratos: Elementos, Objeto y Validez
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Relaciones Jurídicas Patrimoniales
Esto significa que solo quedan dentro de la figura del contrato aquellos acuerdos de contenido patrimonial o trascendencia económica.
Consentimiento en los Contratos
El consentimiento de los contratos se forma cuando se cruza la oferta y la aceptación. Para que exista el consentimiento, debe haber una oferta y una aceptación:
- La oferta: Es la manifestación dirigida a personas determinadas o determinables con la intención de obligarse, con las determinaciones necesarias para producir efecto.
- El contrato: Se construye o perfecciona con la aceptación de la oferta.
Objeto de los Contratos
El objeto de los contratos es un hecho o bien que debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Lícito.
- Posible: Tanto material como jurídicamente.
- Determinado o determinable: Económicamente valorable.
Forma de los Contratos
En nuestro país, se puede utilizar la forma y el medio que más convenga a los intereses de las partes. Como excepción a esa regla, la ley puede imponer ciertas y determinadas formas para la celebración de un contrato.
Bienes Objeto de Contratación
Bienes futuros
Pueden ser objeto de contrato siempre y cuando ambas partes sepan de antemano que el bien no existe aún. En caso de que este no llegue a existir, el contrato quedará sin efecto.
Contrato de bienes ajenos
Pueden ser objeto de los contratos; se puede contratar sobre bienes ajenos como si fueran propios. Pueden ocurrir dos situaciones respecto a quien promete la transmisión:
- Si garantiza la promesa: Asume los riesgos del incumplimiento, en cuyo caso paga daños y perjuicios.
- Si no asume los riesgos: No deberá pagar indemnización alguna.
Bienes litigiosos, gravados o sujetos a medidas cautelares
Son objetos de contrato sin perjuicio de los derechos de terceros. Quien de mala fe contrata sobre bienes como si estuviesen libres de restricciones, debe responder por los daños causados a la otra parte, siempre y cuando esta última haya actuado de buena fe.
Prueba de los Contratos
La prueba de los contratos puede realizarse mediante todos los medios probatorios legalmente admitidos, a excepción de aquellos casos en que la ley imponga que solamente pueda realizarse de una manera determinada (por ejemplo, en el contrato a plazo fijo).