Fundamentos Legales de la Demanda y la Denuncia en el Proceso Penal
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Conceptos Fundamentales del Derecho Procesal
La Demanda
- Definición: Es la petición o solicitud formal de algo.
- Fundamento legal: Artículo 260 del C.P.M.X.
- Estructura: Rubro, proemio, datos personales, prestaciones, hechos, pruebas, derechos, puntos petitorios y firma.
- Puntos petitorios: Es la solicitud concreta dirigida al C. Juez o a la contraparte.
- Actor: Se denomina así a quien presenta la demanda.
La Reconvención
Conocida también como contrademanda, es ejercida por el demandado dentro del mismo proceso judicial y se presenta al momento de contestar la demanda original.
Pruebas en el Proceso
Los tipos de pruebas principales son:
- Confesional
- Testimonial
- Documental
- Pericial
Propiedades del Texto Jurídico
- Coherencia: Propiedad textual por la cual los enunciados forman un texto que se refiere a una misma realidad.
- Cohesión: Propiedad por la cual los enunciados de un texto se relacionan correctamente desde un punto de vista léxico y gramatical.
- Diferencia entre repetición y reiteración: En la repetición se reproducen palabras o expresiones en distintos lugares del texto; en la reiteración, la palabra o expresión es idéntica o igual.
La Denuncia y el Proceso Penal
- Definición: Acción de notificar, avisar o declarar la irregularidad de algo.
- Fundamento constitucional: Artículo 21 constitucional.
- Medidas de protección: El artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales regula las medidas de protección.
- Partes de la denuncia: Presentación, motivo u objeto, pruebas, ley, imputación, petitorio y firma.
Víctima, Ofendido e Imputado
- Diferencia entre víctima y ofendido: El ofendido es quien presencia el acto, mientras que la víctima es quien lo sufre directamente.
- Imputado: Se considera como tal desde el momento en que se declaran los hechos.
- Fundamento del imputado: Artículo 20, apartado B, constitucional.
- Derechos de la víctima: Seguridad, privacidad, información, asistencia letrada y vista de sus causas ante los tribunales.
Ministerio Público y Querella
- Obligación del Ministerio Público: Recibir toda denuncia que se le presente.
- Diferencia entre denuncia y querella: La querella se presenta en primera persona, mientras que la denuncia se realiza en tercera persona.