Derecho marítimo: avería gruesa, abordajes, naufragio y salvamento

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Resumen

El documento resume los conceptos básicos del derecho marítimo español: la avería gruesa, el abordaje entre embarcaciones, el naufragio y las obligaciones del capitán, y el salvamento marítimo. Explica quién responde de los daños en un abordaje, cómo se reparte la culpa compartida y qué derecho tienen quienes realizan operaciones de salvamento.

Puntos clave

  • La avería gruesa es el daño o gasto extraordinario causado intencionada y razonablemente para la salvación común de los bienes en un viaje marítimo amenazado por un peligro, y se liquida según las Reglas de York y Amberes.
  • El abordaje es el choque entre embarcaciones o artefactos navales que causa daños a los buques, a las personas o a las cosas, y se rige por el Reglamento Internacional de Abordajes.
  • En un abordaje, el armador del barco culpable indemniza los daños; la relación de causalidad y culpa debe probarla quien reclama.
  • Si el abordaje se debe a culpa compartida, la responsabilidad se gradúa según el grado de culpa; si no puede determinarse, se reparte a partes iguales.
  • El naufragio es la pérdida o ruina de la embarcación en mar, río o lago, y el capitán debe procurar la seguridad de personas, bienes y documentos.
  • El capitán no debe abandonar el barco hasta perder la esperanza de salvarlo, y está obligado a auxiliar vidas humanas en peligro en el mar si puede hacerlo sin grave peligro para su buque.

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Conceptos Fundamentales del Derecho Marítimo

Avería Gruesa

Existe acto de avería gruesa cuando, intencionada y razonablemente, se causa un daño o gasto extraordinario para la salvación común de los bienes comprometidos en un viaje marítimo, con ocasión de estar todos ellos amenazados por un peligro. Se rige por las Reglas de York y Amberes para su liquidación.

Abordaje Marítimo

Se define como el choque en el que intervienen embarcaciones o artefactos navales del que resulten daños para alguno de ellos, para las personas o para las cosas. Se regulará por el Reglamento Internacional de Abordajes.

  • Responsabilidad: El armador del barco culpable indemnizará los daños y perjuicios sufridos por el otro, por las personas y las cosas a bordo, así como los causados por ellos. La relación de causalidad y culpa debe ser probada por quien reclama la indemnización.
  • Culpa compartida: Si el abordaje es causado por culpa compartida, la responsabilidad de sus respectivos armadores se graduará en proporción al grado de culpa. Si no es posible determinarlo, se atribuirá a ambos armadores a partes iguales.

Naufragio y Seguridad

El naufragio es la pérdida o ruina de la embarcación en mar, río o lago. Según el Art. 183 de la LNM:

  1. Peligro, abandono y salvamento: En caso de mal tiempo o riesgo de naufragio, el capitán procurará la seguridad del barco y la salvación de las personas y de los bienes, efectuando una arribada forzosa o recurriendo sin demora a la solicitud de salvamento.
  2. Abandono: El capitán no abandonará el barco en peligro sino después de haber perdido la esperanza de salvarlo y una vez adoptadas las medidas oportunas para salvar a las personas, los bienes y los documentos oficiales a bordo.
  3. Auxilio: El capitán está obligado a acudir en auxilio de las vidas humanas que se encuentren en peligro en el mar, siempre que pueda hacerlo sin grave peligro para el barco, su dotación o pasajeros, dejando constancia en el diario de navegación.

Obligaciones del Capitán

  • Antes: Cuidar que el barco se encuentre debidamente pertrechado y preparado para la expedición, con sus documentos en regla y tripulación mínima.
  • Durante: Debe permanecer a bordo hasta perder la última esperanza de salvarlo, procurando llevar consigo libros y papeles.
  • Después: A la llegada al primer puerto, debe presentar una protesta ante las autoridades competentes antes de las 24 horas, especificando todos los accidentes del naufragio.

Salvamento

Conforme a la Ley 14/2014 de Navegación Marítima, se considera salvamento todo acto emprendido para auxiliar o asistir a un barco, embarcación o artefacto naval, o para salvaguardar o recuperar cualesquiera otros bienes que se encuentren en peligro. Se reconoce el derecho a premio por las operaciones de salvamento realizadas.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la avería gruesa?

Es el daño o gasto extraordinario causado intencionada y razonablemente para salvar los bienes comprometidos en un viaje marítimo amenazado por un peligro común. Se liquida según las Reglas de York y Amberes.

¿Quién paga los daños en un abordaje marítimo?

Según el texto, el armador del barco culpable indemniza los daños sufridos por el otro buque, las personas y las cosas. Si hay culpa compartida, la responsabilidad se reparte según el grado de culpa.

¿Cuándo puede abandonar el capitán el barco en peligro?

Solo cuando ha perdido la esperanza de salvarlo y después de haber adoptado las medidas para salvar a las personas, los bienes y los documentos oficiales a bordo.

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Test

1. ¿Qué reglas se utilizan para liquidar la avería gruesa?
2. ¿Qué debe probar quien reclama una indemnización por abordaje?
3. ¿Cómo se reparte la responsabilidad si no es posible determinar el grado de culpa compartida en un abordaje?
4. ¿Cuál es la obligación del capitán antes de abandonar un barco en peligro?
5. ¿En qué plazo debe presentar el capitán la protesta tras un naufragio?
6. ¿Qué derecho reconoce la Ley 14/2014 a quienes realizan operaciones de salvamento?

Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.