Fundamentos de la Legitimidad y el Orden Social según Max Weber

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La naturaleza del orden legítimo en la teoría de Max Weber

Weber diferencia un tipo de regularidad en la relación social, en la que los participantes se orientan por la representación de un orden legítimo.

Definiciones fundamentales

  • Orden: Se entiende como una relación social que se orienta por máximas que pueden ser señaladas.
  • Orden legítimo: Es aquel orden válido, orientado por máximas de acción que se consideran obligatorias o modelos de conducta.

La legitimidad se identifica con la creencia en la obligatoriedad del cumplimiento del orden vigente. Una relación social que se oriente por la creencia de que existe un orden legítimo tiene el efecto práctico de asegurar con mayor efectividad empírica el acatamiento de dicho orden.

Motivos de la creencia en la legitimidad

Varios pueden ser los motivos para creer que las normas de un orden son legítimas:

  • Por el mérito de la tradición, que hace creer que siempre han existido dichas normas.
  • Por considerar que ese orden es ejemplar o revelador de algo nuevo.
  • Por una racionalidad con arreglo a valores, en la que se cree en su validez absoluta (por ejemplo, la idea del derecho natural).
  • Por la creencia religiosa, en la que de su observancia depende la salvación.
  • Por la creencia en su legalidad, debido al modo en que han sido establecidas: por virtud de un pacto de los interesados o por otorgamiento de una autoridad considerada legítima.

Garantías del orden social

La legitimidad de un orden estará garantizada de forma puramente íntima (afectiva, valorativa, religiosa) o por la expectativa de determinadas consecuencias externas, es decir, por una situación de intereses. Bajo este esquema, un orden debe clasificarse como:

1. Convención

Se denomina convención (o costumbre) cuando su validez está garantizada externamente por la probabilidad de que, dentro de un determinado círculo de hombres, una conducta discordante habrá de tropezar con una (relativa) reprobación general y prácticamente sensible.

2. Derecho

Se denomina derecho cuando su validez está garantizada externamente por la probabilidad de coacción (física o psíquica) ejercida por un cuadro de individuos instituidos con la misión de obligar a la observancia de ese orden o de castigar su transgresión.

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